OBRAS
De nacimiento, hijo de padre o madre Salvadoreño; del estado seglar, mayor de treinta años
De edad demoralidad e instrucción notarias; estar en el ejercicio de los derechos de
Ciudadano, haberlo estado en los seis años anteriores la elección y estar afiliado a uno
De los partidos políticos reconocidoslegalmente.
ARTÍCULO 152.- No podrán ser candidatos a Presidentes de la Republica:
1 El que haya desempeñado la Presidencia de la Republica por más de seis meses
Consecutivos o no durante elperiodo inmediato anterior, o dentro de los
Últimos seis meses anteriores al inicio del periodo Presidencial.
2 El cónyuge y los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad
O segundode afinidad de cualquiera de las personas que hayan ejercido la Presidencia
En los casos del ordinal anterior;
3 El que haya sido Presidente de la Asamblea Legislativa o Presidente de la CorteSuprema de Justicia durante el año anterior al día del inicio del periodo Presidencial;
4 El que haya sido Ministro, viceministro de estado o Presidente de alguna institución
Oficial Autónoma,dentro del último año de periodo Presidencial inmediato anterior;
5 Los militares de profesión que estuvieren de alta o que la hayan estado en los
Tres años anteriores al día del inicio de periodoPresidencial;
6 El vicepresidente o Designado que llamado legalmente a ejercer la Presidencia
En el periodo inmediato anterior, se negara a desempeñarla sin justa causa,
Entendiéndose que estaexiste cuando el Vicepresidente o Designado manifieste
Su intención de ser candidato a la Presidencia de la Republica, dentro de los seis
Meses anteriores al inicio del periodo Presidencial;
7 Laspersonas comprendidas en los ordinales 2, 3, 4, 5, y 6 del artículo 127 de
Esta Constitución.
ARTICULO 153.- Lo dispuesto en los dos artículos anteriores se aplicara al
Vicepresidente de la...
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