observaciones al proyecto de ley del servicios de bomberos en venezuela
Bomberos y Bomberas y Administración de Emergencias de Carácter Civil, Bomberos
Universitarios y Bomberos Voluntarios
Artículo 1. La presente Ley Orgánica del Servicio de Bombero y de los Cuerpos de Bomberos y
Bomberas y Administración de Emergencias de Carácter Civil, tiene por objeto la creación delSistema Integrado de Bombero, así como regular el Servicio de Bombero y los Cuerpos de
Bomberos y Bomberas y Administración de Emergencias de Carácter Civil en sus diversas
categorías y especialidades en cuanto a:
1. La organización y competencias operacionales y administrativas de los Cuerpos de Bomberos
y Bomberas y Administración de Emergencias de Carácter Civil en sus diversas especialidades;2. La articulación entre el Órgano Rector del Servicio de Bombero y la Dirección General de
Coordinación Nacional de Bomberos y Bomberas y Administración de Emergencias de Carácter
Civil; así mismo con los distintos entes u órganos de la administración pública nacional, de los
estados, municipios, del Distrito Capital, territorios federales e insulares o dependencias
federales que tengan bajosu dirección Cuerpos de Bomberos y Bomberas y Administración de
Emergencias de Carácter Civil en cualquier especialidad;
3. Los principios básicos de las relaciones de empleo público dirigidas al talento humano
uniformado y jerarquizado, que ha de ejercer la profesión de Bombero y Bombera en sus
respectivas categorías y especialidades y su régimen disciplinario, los cuales serán
desarrolladosen la normativa que regirá el Estatuto de la Función Bomberil y demás
instrumentos legales que se dicten al efecto;
4. La vinculación y articulación con los ciudadanos y las ciudadanas de forma individual o con las
poblaciones, comunidades, caseríos, comunas, consejos comunales y demás organizaciones de
base del poder popular, con el fin de coadyuvar en la prevención, seguridad e integridadfísica
ante situaciones de emergencias y desastres y la protección de los bienes públicos y privados en
todo el territorio nacional;
5. Las sanciones impuestas a las personas naturales y jurídicas por la inobservancia de
disposiciones inherentes al Servicio de Bombero, establecidas en la presente Ley Orgánica.
Competencia en espectáculos públicos o privados
en espacios universitarios o zonasverdes de protección ambiental
Artículo 11. Los espectáculos o diversiones públicas o privadas, de carácter permanente o
eventual, presentados en espacios universitarios o zonas verdes, son competencia del
Cuerpo de Bomberos Universitarios o del Cuerpo de Bomberos Forestales en cada caso,
así como la evaluación de los riesgos, certificación de los espectáculos, guardia de
prevención u otroseventos públicos en materia de prevención y protección de incendios,
emergencias o eventos generadores de daños antes de su inicio.
Si acudiera al lugar del siniestro, una o varias comisiones de bomberos municipales,
estadales o de cualquier especialidad o categoría de bomberos, se aplicará lo dispuesto
en la Ley de Coordinación de los Órganos de Seguridad Ciudadana.
Artículo 25. Los entes uórganos de la administración pública nacional, estadal, municipal, del
Distrito Capital, territorios federales e insulares o dependencias federales donde se encuentren
adscritos Cuerpos de Bomberos y Bomberas, establecerán en el respectivo presupuesto anual
de cada ejercicio fiscal, los recursos económicos necesarios y suficientes, dirigidos a garantizar
las siguientes condiciones básicas defuncionamiento:
1. Infraestructura y ambiente apropiado en cuanto a seguridad, salubridad y ergonomía;
2. Garantizar el servicio de comedor permanente y gratuito;
3. Recurso humano uniformado, capacitado física, síquica, somática, técnica y científicamente;
4. Remuneración y demás beneficios socio económicos acordes al alto riesgo de la
profesión, conforme a lo establecido en esta Ley...
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