Odontologo
SALAS DE PROCEDIMIENTOS Y PABELLONES DE CIRUGÍA MENOR.
I.-
INTRODUCCIÓN:
Se denominan Salas de Procedimientos a locales o recintos de establecimientos públicos o privados de salud
destinados a efectuar procedimientos de salud, de diagnóstico o terapéuticos, en pacientes ambulatorios, y
que no requierende hospitalización. Estos deberán formar parte de un establecimiento de salud o ser
dependencia anexa a consultas de profesionales.
Se denomina Pabellón de Cirugía Menor a los locales o recintos destinados a realizar intervenciones
quirúrgicas médicas u odontológicas, que no requieren la hospitalización del paciente, al que se le aplica
sedación y/o anestesia local. Estos deberán formar partede un establecimiento de salud o ser dependencia
anexa a consultas de profesionales.
Ámbito de aplicación:
a)
Esta Norma Técnica se aplicará a todas las Salas de Procedimientos y Pabellones de Cirugía
Menor dependientes del Sistema Público de Salud y establecimientos privados destinados a
efectuar procedimientos de salud, de tipo diagnóstico y/ó terapéuticos, en pacientes
ambulatoriosque no requieren de hospitalización.
b)
Los Consultorios y establecimientos de atención primaria de salud, ya sea de dependencia
municipal o pertenecientes a los Servicios de Salud que realicen las actividades descritas en
esta norma, independiente de su denominación actual de acuerdo a los Planes y Programas
del Ministerio de Salud, tales como Centros de Salud Familiar (CESFAM) o Centrosde Salud
(CES), deberán obtener su autorización sanitaria de acuerdo a esta norma técnica.
c)
De acuerdo a las prestaciones que realiza el Establecimiento, esta Norma Técnica podrá ser
aplicada en conjunto con las correspondientes Normas Técnicas Específicas para Pabellones
de Cirugía Menor y Normas Técnicas Básicas para los Servicios de Apoyo que corresponda, a
saber:
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Laboratorio Clínico,
Imagenología
Esterilización
Farmacia Despacho
Hospitalización Transitoria
Sala para estudios funcionales especiales
Anestesia fuera de Pabellón
Unidades de Hemodiálisis
Peritoneo diálisis
Unidades de Quimioterapia
Radioterapia
Procuramiento y transporte de órganos
Unidades de medicina física y rehabilitación
Imagenología conresonancia magnética
Medicina Nuclear
Transporte simple de pacientes.
1
d)
La aplicabilidad de los requisitos de estas normas técnicas básicas, así como de sus anexos
específicos, se define de acuerdo al catalogo de oferta de prestaciones y objetivo asistencial
del establecimiento que solicita la autorización sanitaria.
ORGANIZACIÓN:
AMBITO ORGANIZACIÓN: ASIGNACIÓN FUNCIONES YRESPONSABILIDADES
Objetivo:
El establecimiento define su estructura organizacional, las responsabilidades y funciones de cada estamento y nivel
jerárquico.
Requisitos:
El establecimiento definen aspectos de su organización que incluyen al menos lo siguiente
La estructura organizacional
1.
Las responsabilidades y funciones por estamento
2.
Niveles de supervisión de todo el personal1
3.
Sistemasde turno o jornada de trabajo del personal
4.
El establecimiento cuenta con un registro sobre:
Registro de los profesionales ajenos al establecimiento autorizados para usar los equipos e instalaciones del
5.
2
mismo
ÁMBITO ORGANIZACIÓN: REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO3
Objetivo:
Prevenir y proteger a los pacientes, personal y público, de los riesgos sanitariosy de siniestros que
puedan ocurrir en sus instalaciones.
Requisitos:
El establecimiento cuenta con la siguiente documentación:
Procedimiento sobre las acciones a realizar en caso de accidentes
El Establecimiento entrega elementos de protección al personal de acuerdo a riesgos derivados de las
7.
funciones asignadas
8.
El establecimiento tiene Programa Prevención Riesgos y Plan de...
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