OFF SHORE
ARTICULO 112. Definición. Se entenderá por entidades fuera de plaza o entidades off shore, para los efectos de esta Ley, aquellasentidades dedicadas principalmente a la intermediación financiera, constituidas o registradas bajo leyes de un país extranjero, que realizan sus actividades principalmente fuera de dicho país.
2.)INDIQUE CUALES SON LOS REQUISITOS Y OBLIGACIONES QUE DEBEN OBSERVAR LAS OFF SHORE PARA OPOERAR EN GUATEMALA
ARTICULO 113. Requisitos para su funcionamiento. Para operar en Guatemala, las entidadesfuera de plaza o entidades off shore deberán obtener la autorización de funcionamiento de la Junta Monetaria, previo dictamen de la Superintendencia de Bancos, declarar que forman parte de un grupofinanciero de Guatemala, y acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos:
a) Que incondicional e irrevocablemente acepten en forma escrita quedar sujeta a la supervisión consolidada de laSuperintendencia de Bancos de Guatemala, en los términos señalados en el artículo 28 de la presente Ley, y a la normativa contra el lavado de dinero u otros activos;
b) Que presenten toda la informaciónperiódica u ocasional que le sea requerida por la Superintendencia de Bancos y por el Banco de Guatemala, la cual podrá ser verificada en cualquier momento por la Superintendencia de Bancos. Lainformación sobre sus operaciones activas y contingentes deberá ser presentada en forma detallada. La información sobre las operaciones pasivas deberá ser presentada en forma agregada y sin revelar laidentidad de los depositantes o inversionistas;
c) Que acrediten ante la Superintendencia de Bancos de Guatemala, que autorizó a las autoridades supervisoras de su país de origen para realizarintercambio de información referente a ella;
d) Que las autoridades supervisoras bancarias de su país de origen apliquen estándares prudenciales internacionales, al menos tan exigentes como los vigentes en...
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