oficio celador
OBJETO:
PARTES:
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Entre los suscritos, a saber: GERMAN RUBIO GUERRERO, mayor de edad, domiciliado en Ibagué, identificado con la cédula de ciudadanía No. 18.387.755 expedida en Calcará (Quindío), quien obra en calidad de representante legal del Instituto de Educación a Distancia – IDEAD de la UNIVERSIDAD DEL TOLIMA, con NIT 890700640-7, la cualen adelante se denominará LA INSTITUCIÓN DE EDUCACIÓN SUPERIOR y/o la IES, de una parte y de la otra HERIBERTO GUALTERO SANCHEZ , Identificado con cédula No 5.986.712 de Saldaña (Tolima) y mayor de edad, domiciliado en Ibagué, quien obra en calidad de Rector de la INSTITUCION EDUCATIVA CIUDAD LUZ, institución de carácter Oficial, hemos acordado celebrar el presente convenio interinstitucionalpara la articulación de la media técnica con la educación superior, proceso que incluye: Formación docente para los profesores de la I.E.M, caracterización de la institución educativa CIUDAD LUZ, desarrollo de la articulación, seguimiento y evaluación del proceso, plan de mejoramiento e implementación del plan de mejoramiento. Todo ello previas las siguientes consideraciones:
1. Que laUniversidad del Tolima fue reconocida mediante Ordenanza No. 005 de mayo 21 de 1945 expedida por la Asamblea Departamental del Tolima, como una institución de Educación Superior, con domicilio en Ibagué establecimiento OFICIAL descentralizado del orden departamental, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio. 2. Que por virtud del artículo 96 de la Ley 489 de 1988 señala: “Lasentidades estatales, cualquiera que sea su naturaleza y orden administrativo podrán, con la observación de los principios señalados en el artículo 209 de la Constitución, asociarse con personas jurídicas particulares, para el desarrollo conjunto de actividades en relación con los cometidos y funciones que les asigne, a aquellas la Ley. 3) Que la Ley 749 de 2002, por la cual se organiza elservicio público de la educación superior en las modalidades de educación técnica profesional y tecnológica, y se dictan otras disposiciones. 4) Que Decreto 2216/2003 (Art. 11) permite el ingreso de estudiantes de la media técnica al primer ciclo de la educación superior bajo la estructuración por ciclos propedéuticos.5) Qué la educación es un servicio público y tiene la función social de atender ysolucionar las necesidades del país. 6. Que la Universidad del Tolima en su plan de Desarrollo, en el capítulo 5.2 Universidad y entorno se ha fijado como propósito contribuir al desarrollo y fortalecimiento de la región a través de la investigación, la docencia y la proyección social. 7. Qué el plan de desarrollo de la Universidad del Tolima, en lo referente a Relaciones interinstitucionalesestable la creación de alianzas estratégicas a través de convenios de cooperación interinstitucional, así como el intercambio de experiencias académicas y administrativas. 8. Por lo anterior acuerdan celebrar el presente convenio con las siguientes cláusulas. 9. Que la Ley General de la Educación 115 de 1994 Artículos 28,31 y 32, prevé que la educación media académica debe “habilitar al educandopara su ingreso a la educación superior; que la “educación media técnica preparará a los estudiantes para el desempeño laboral en uno de los sectores de la producción y de los servicios, y para la continuación en la educación superior”. Igualmente podrá articularse con la educación superior: “Al nivel de educación media le sigue el nivel de educación superior el cual se regula por la Ley 30 de 1992de educación superior y las normas que la adicionan o las sustituyan. 10. Que las entidades objeto de este convenio se encuentran unidas por una comunidad de intereses y propósitos para el diseño y puesta en marcha de los programas de articulación educativa, tendientes a mejorar la eficiencia, la calidad y la cobertura educativa. Este último nivel se clasifica así: a) Instituciones Técnicas...
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