ola descripcion y analisis
TERCERO. En todos aquellos casos similares al presente por sus hechos o circunstancias, siempre que se dejen obras inconclusas que afecten la salubridad pública, la doctrina constitucional señalada en esta sentencia tendrá carácter obligatorio para todas las autoridades, en los términos del artículo 33 del Decreto 2591 de 1991
CUARTO. ORDENAR que por Secretaría secomunique esta providencia al Tribunal Administrativo de Bolívar, en la forma y para los efectos previstos en el artículo 36 del
Decreto 2591 de 1991.
13. DOCTRINA DEL CASO CONCRETO EN LA DECISION DE LA MAYORIA: Los artículos 361, 365 y 366 los cuales consagran al Estado como garantes de la prestación de los servicios públicos básicos a toda la población, así mismo como el bienestar y elmejoramiento de la calidad de vida tales como la educación, la salud el saneamiento ambiental y el agua potable.
14. DOCTRINA DEL CASO CONCRETO PARA EL SALVAMENTO DEL VOTO: N.A.
15. DOCTRINA DEL CASO CONCRETO PARA LA ACLARACION DEL VOTO: Artículo 6, numeral 3 del Decreto 2591 de 1991. “He votado favorablemente la ponencia por cuanto se trata de acción de tutela usada únicamente como mecanismopreventivo para evitar un perjuicio irremediable, lo cual está autorizado de modo expreso por el artículo 6o., numeral 3o., del Decreto 2591 de 1991 y tomando en consideración el peligro que afrontan derechos fundamentales como la vida y la salud de quienes habitan la zona afectada”.
habitantes del barrio.
TERCERO. En todos aquellos casos similares al presente por sus hechos o circunstancias,siempre que se dejen obras inconclusas que afecten la salubridad pública, la doctrina constitucional señalada en esta sentencia tendrá carácter obligatorio para todas las autoridades, en los términos del artículo 33 del Decreto 2591 de 1991
CUARTO. ORDENAR que por Secretaría se comunique esta providencia al Tribunal Administrativo de Bolívar, en la forma y para los efectos previstos en el artículo 36del
Decreto 2591 de 1991.
13. DOCTRINA DEL CASO CONCRETO EN LA DECISION DE LA MAYORIA: Los artículos 361, 365 y 366 los cuales consagran al Estado como garantes de la prestación de los servicios públicos básicos a toda la población, así mismo como el bienestar y el mejoramiento de la calidad de vida tales como la educación, la salud el saneamiento ambiental y el agua potable.
14. DOCTRINADEL CASO CONCRETO PARA EL SALVAMENTO DEL VOTO: N.A.
15. DOCTRINA DEL CASO CONCRETO PARA LA ACLARACION DEL VOTO: Artículo 6, numeral 3 del Decreto 2591 de 1991. “He votado favorablemente la ponencia por cuanto se trata de acción de tutela usada únicamente como mecanismo preventivo para evitar un perjuicio irremediable, lo cual está autorizado de modo expreso por el artículo 6o., numeral 3o., delDecreto 2591 de 1991 y tomando en consideración el peligro que afrontan derechos fundamentales como la vida y la salud de quienes habitan la zona afectada”.habitantes del barrio.
TERCERO. En todos aquellos casos similares al presente por sus hechos o circunstancias, siempre que se dejen obras inconclusas que afecten la salubridad pública, la doctrina constitucional señalada en esta sentenciatendrá carácter obligatorio para todas las autoridades, en los términos del artículo 33 del Decreto 2591 de 1991
CUARTO. ORDENAR que por Secretaría se comunique esta providencia al Tribunal Administrativo de Bolívar, en la forma y para los efectos previstos en el artículo 36 del
Decreto 2591 de 1991.
13. DOCTRINA DEL CASO CONCRETO EN LA DECISION DE LA MAYORIA: Los artículos 361, 365 y 366los cuales consagran al Estado como garantes de la prestación de los servicios públicos básicos a toda la población, así mismo como el bienestar y el mejoramiento de la calidad de vida tales como la educación, la salud el saneamiento ambiental y el agua potable.
14. DOCTRINA DEL CASO CONCRETO PARA EL SALVAMENTO DEL VOTO: N.A.
15. DOCTRINA DEL CASO CONCRETO PARA LA ACLARACION DEL VOTO:...
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