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El Comité Jurisdiccional y de Conciliación es el órgano a quien corresponde conocer y resolver de las cuestiones, pretensiones o reclamaciones queno tengan carácter disciplinario ni competicional y que se susciten o deduzcan entre o por personas físicas o jurídicas que conforman la organización federativa de ámbito estatal.
El ámbito de ladisciplina deportiva, cuando se trata de actividades o competiciones de ámbito estatal y, en su caso, internacional, o afecta a personas que participan en ellas se extiende a las infracciones de reglasdel juego o competición y normas generales deportivas tipificadas en la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, en el Real Decreto 1591/1992, de 23 de diciembre, sobre Disciplina Deportiva y demásdisposiciones de desarrollo de aquélla y en los Estatutos de la RFEF, cuyo régimen disciplinario y competicional comprende íntegramente el Título VII.
Con independencia del ejercicio de lasfacultades disciplinarias que son propias de los órganos federativos de esta naturaleza, la Real Federación Española de Fútbol ejerce la potestad disciplinaria deportiva sobre todas las personas que formanparte de su propia estructura orgánica; sobre los clubes y sus futbolistas, técnicos y directivos; sobre los árbitros; y, en general, sobre todas aquellas personas o entidades que, estando federadas,desarrollan funciones, ejercen cargos o practican su actividad en el ámbito estatal.
Balonmano
El balonmano, handball o hándbol (términos procedentes del términoalemán Handball) es un deporte de...
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