Entre los ciudadanos JOAO FERREIRA PEREIRA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de identidad Nº V- 7.088.525 y RIF V-07088525-1, de este domicilio anteriormente identificado con la cedula de identidad Nº 882.839, según venezolano por naturalización según Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 1851, de fecha 3 de febrero de 1976, y MARIA FATIMA PEREIRADE FERREIRA, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de identidad Nº V-13.469.503 y RIF V-13469503-6, quienes en lo adelante y para todos los efectos de este documento se denominaran “LOS PROMITENTES VENDEDORES” por una parte y por la otra, el Ciudadano FERNANDO PITA CUELHO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad Nº V-16.947.302, y RIF V-16947302-8,de este domicilio, quien en lo adelante se denominará “EL PROMITENTES COMPRADOR” se ha convenido en celebrar como en efecto celebramos un Contrato de OPCION DE COMPRA VENTA, el cual está sujeto a las cláusulas siguientes: PRIMERA: “LOS PROMITENTES VENDEDORES” se obligan a vender a “EL PROMITENTES COMPRADOR” quien a su vez se obliga a comprar, un inmueble constituido por una (1) parcela de terrenocon una superficie de DOSCIENTOS VEINTE METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y SIETE CENTÍMETROS CUADRADOS (220.87 MTS2) y la casa quinta con sus respectivas mejoras, sobre èlla construida ubicada en la Urbanización Fundación Mendoza, calle 106 (14) Numero Cívico 71-50, parcela U-6, segunda etapa parroquia Miguel Peña del municipio Valencia Estado Carabobo distinguida con el Numero catastral Nº08-14-4-U-1521, cuyos linderos y medidas particulares son los siguientes linderos: NORTE: en línea recta en veintiún metros con dos centímetros (21.02 mts.) con la casa y parcela distinguida con las siglas V-7; SUR: en línea recta en veintiún metros con tres centímetros (21.03 mts.) con el inmueble distinguido con las siglas V-5, ESTE: en línea recta en diez metros con cincuenta centímetros (10.50 mts.)en parte con el inmueble distinguido con la siglas V-29 y en parte con el distinguido con las siglas V-30, y OESTE: en línea recta en diez metros con cincuenta y un centímetros (10.51 mts.) que es su frente con la calle numero catorce (14) de la fundación; y se encuentra Registrado en la Oficina Subalterna de Registro Subalterno de los Municipios Naguanagua Y San Diego Del Estado Carabobo,Bajo el N° 2013.775, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el No. 311.7.13.1.8827 , de fecha 15 de Marzo del 2.013. SEGUNDA: La parcela antes mencionada está en proceso de construcción para lo cual EL VENDEDOR se compromete a entregar la obra completamente culminada lista para habitar la cual estará constituida por (02) dos puestos de estacionamiento, Sala, Comedor, Cocina y Oficios,Estudio, (03) tres Baños y (03) tres Habitaciones TERCERA:La Venta del inmueble antes descrito queda pactada en la cantidad de TRES SETECIENTOS OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs3.780.000,00) que "LOS COMPRADORES" se comprometen a pagarlos de la manera siguiente: A) TRES MIL BOLIVARES (Bs.3.000.000,00) en calidad de arras, El saldo restante, es decir, la cantidad de SETECIENTOS OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs780.000,00), los cuales se pagaran en un lapso máximo de (30) días a partir de la firma del mismo. CUARTA: EL VENDEDOR se compromete en informar a LOS COMPRADORES los avances de la obra, así como también se compromete en suministrar la documentación necesaria para la tramitación del Credito QUINTA: El tiempo de duración del presente contrato es de Ciento Ochenta días (180) continuos, contados apartir de la firma del presente documento. SEXTA: Tanto “LOS PROMITENTES VENDEDORES” como " LOS COMPRADORES" convienen expresamente que este documento de reserva en ningún caso y bajo ninguna circunstancia podrá considerarse como documento traslativo de propiedad de EL INMUEBLE, ya que la voluntad de los mismos es sentar y establecer las bases de una futura compraventa de EL INMUEBLE...
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