Operaciones Financieras
Tipos reales y nominales
Se pueden distinguir dos tipos de cambios: el real y el nominal.
▪ El real se define como la relación a la que una persona puede intercambiar los bienes y servicios de un país por los de otro.
▪ El nominal es la relación a la que una persona puede intercambiar la moneda de país por los de otro. El último es el que se usa más frecuentemente.Esta distinción se hace necesaria para poder apreciar el verdadero poder adquisitivo de una moneda en el extranjero y evitar confusiones.
Tipo de cambio
Es el precio de una moneda expresado en términos de otra. Representa la cantidad de bolívares que hay que pagar para adquirir una moneda extranjera.
Control de cambio
Es una intervención oficial del mercado de divisas, de tal manera quelos mecanismos normales de oferta y demanda, quedan total o parcialmente fuera de operación y en su lugar se aplica una reglamentación administrativa sobre compra y venta de divisas, que implica generalmente un conjunto de restricciones tanto cuantitativas como cualitativas de una entrada y salida de cambio extranjero.
Ley de ilícitos cambiarios
Artículo 2. A los efectos de esta ley, seentenderá por:
1. Divisa: Expresión de dinero en moneda metálica, billetes de bancos, cheques
bancarios y cualquier modalidad, distinta al bolívar, entendido éste como la
moneda de curso legal en la República Bolivariana de Venezuela.
2. Operador Cambiario: Persona jurídica que realiza operaciones de corretaje
o intermediación de divisas, autorizadas por la legislación correspondientey
por la normativa dictada por el Banco Central de Venezuela, previo
cumplimiento de los requisitos establecidos por el órgano administrativo
competente.
3. Operación Cambiaria: Compra y venta de cualquier divisa con el bolívar.
4. Autoridad Administrativa en Materia Cambiaria: Comisión de
Administración de Divisas (CADIVI).
5. Autoridad Administrativa Sancionatoria en MateriaCambiaria: Es el
Ministerio del Poder Popular para las Finanzas, a través de la Dirección
General de Inspección y Fiscalización.
Artículo 3. A los fines de la presente Ley, el Ministerio del Poder Popular para
las Finanzas por órgano de la Dirección General de Inspección y Fiscalización,
ejerce la potestad sancionatoria prevista en esta Ley.
Artículo 4. Esta Ley se aplica apersonas naturales y jurídicas que, actuando en
nombre propio, ya como administradores, intermediarios, verificadores o
beneficiarios de las operaciones cambiarias, contravengan lo dispuesto en esta
Ley, en los convenios suscritos en materia cambiaria por el Ejecutivo Nacional y
el Banco Central de Venezuela, así como, en cualquier norma de rango legal y
sublegal aplicable en estamateria. 2
La responsabilidad personal de los gerentes, administradores, directores o
dependientes de una persona jurídica subsiste cuando de sus hechos se evidencia
la comisión de cualquiera de los ilícitos establecidos en esta Ley
Artículo 9. Es competencia exclusiva del Banco Central de Venezuela, a través
de los operadores cambiarios autorizados, la venta y compra de divisas porcualquier monto. Quien contravenga esta normativa está cometiendo un ilícito
cambiario y será sancionado con multa del doble del monto de la operación o su
equivalente en bolívares.
Quien en una o varias operaciones en un mismo año calendario, sin intervención
del Banco Central de Venezuela, compre, venda o de cualquier modo ofrezca,
enajene, transfiera o reciba divisas entre unmonto de diez mil dólares
(US$ 10.000,00) hasta veinte mil dólares de los Estados Unidos de América
(US$ 20.000,00) o su equivalente en otra divisa, será sancionado con multa del
doble del monto de la operación o su equivalente en bolívares.
Cuando en el caso señalado anteriormente, el monto de la operación sea superior
a los veinte mil dólares de los Estados Unidos de América (US$...
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