Operadores Del Comercio Exterior
1.- Definición
Se denominan operadores de comercio exterior a los despachadores de aduana, transportistas o sus representantes, agentes de carga internacional, almacenes aduaneros, empresas del servicio postal, empresas de servicio de entrega rápida, almacenes libres (Duty Free), beneficiarios de material de uso aeronáutico, dueños, consignatarios y engeneral cualquier persona natural o jurídica interviniente o beneficiaria, por sí o por otro, en los regímenes aduaneros previstos en la Ley General de Aduanas sin excepción alguna.
Se consideran operadores de comercio exterior autorizados o acreditados ante la SUNAT los siguientes:
a) Transportistas o sus representantes en el país, que pueden ser marítimos, fluviales, lacustres, aéreos oterrestres. Las agencias marítimas, fluviales o lacustres son representantes en el país de los transportistas marítimos, fluviales o lacustres, respectivamente.
b) Agentes de carga internacional. Pueden ser marítimos o aéreos.
c) Puntos de llegada. Pueden ser marítimos, fluviales, lacustres, aéreos o terrestres.
d) Almacenes aduaneros. Pueden ser:
- Terminales de almacenamiento:marítimos, fluviales, lacustres, aéreos, terrestres o postales; y,
- Depósitos aduaneros autorizados: públicos o privados.
e) Despachadores de aduana:
- Agentes de aduanas;
- Concesionarios postales, cuando participen como despachadores de aduana;
- Entidades públicas. A través de sus despachadores oficiales, debidamente acreditados.
- Dueños o consignatarios. Pueden ser:
·Dueños o consignatarios: personas naturales o personas jurídicas;
· Misiones diplomáticas, oficinas consulares, representaciones permanentes u organismos internacionales;
· Entidades religiosas, instituciones privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional, etc.
· Almacenes libres (Duty Free); y,
· Beneficiarios de material de uso aeronáutico:explotadores aéreos, talleres de mantenimiento, operadores de servicios especializados aeroportuarios y aeródromos.
2.- Inscripción en el Registro Único de Contribuyentes (RUC)
Los operadores de comercio exterior autorizados o acreditados ante la SUNAT deben estar previamente inscritos en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) y no tener la condición de no habido.
3. Desempeño de losoperadores de comercio exterior en las circunscripciones aduaneras
Los operadores de comercio exterior autorizados o acreditados ante la SUNAT desempeñan sus funciones en las circunscripciones aduaneras de la República, de acuerdo a las autorizaciones o acreditaciones ante la SUNAT, para lo cual deben cumplir con los requisitos y constituir garantía, conforme a lo dispuesto por la Ley, elReglamento y el presente procedimiento.
4. Facultad de la INTA para autorizar, revocar o sancionar a los operadores de comercio exterior.
La Intendencia Nacional De Técnica Aduanera (INTA) autoriza a los operadores de comercio exterior para que desempeñen sus funciones en las circunscripciones aduaneras de la República; asimismo, los suspende, cancela o inhabilita; revoca su autorización; y aplica lassanciones de multa que corresponde a su competencia. RSNAA-462-2009-16.09.09
5. Responsabilidad de los operadores de comercio exterior
Los operadores de comercio exterior que intervienen en los procedimientos aduaneros previstos en la Ley, su Reglamento y demás normas aduaneras son responsables administrativa, tributaria, civil y penalmente del cumplimiento de sus obligaciones.
6.Registro de sanciones
La INTA, IFGRA e intendencias de aduana de la República registran en el Sistema Integrado de Gestión Aduanera - SIGAD las sanciones que aplican a los operadores de comercio exterior por las infracciones a la Ley o a la Ley de los Delitos Aduaneros, de acuerdo a su competencia funcional.
7. Acreditación de personal
Los operadores de comercio exterior deben acreditar ante...
Regístrate para leer el documento completo.