Operatoria Bonos 379
Paraná, lunes 2 de marzo de 2009.
OPERATORIA DE BONOS DTO. 379/01
ANTECEDENTES
El Decreto 379/2001 otorga el beneficio de devolución de 14% de IVA a empresas fabricantes de bienes de capital,informática y telecomunicaciones, con establecimiento industrial en el territorio nacional. Este beneficio se otorga mediante la percepción de un bono fiscal para ser aplicado al pago de impuestosnacionales.
El antedicho decreto ha sido modificado por la Resolución General 2557 de AFIP y la Resolución General 41 del Ministerio de Producción.
RESUMEN DE LAS MODIFICACIONES INTRODUCIDAS
El decreto2316 del 30/12/2008 prorrogó la vigencia del beneficio hasta el 31/12/2009.
El beneficio otorgado por los bonos del Dto. 379/01 sólo podrán aplicarse al pago de impuestos nacionales: Impuesto a lasGanancias, Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta, IVA e Impuestos Internos en concepto de anticipos o saldos de DDJJ. Asimismo, en el caso de operaciones de importación, podrán imputarse a lacancelación de los pagos a cuenta del Impuesto a las Ganancias e IVA, así como de sus respectivas retenciones y/o percepciones.
Este beneficio podrá ser aplicado por las empresas que integren la cadena devalor de bienes de capital detallados en el Anexo de la Resolución General 41/09 del Ministerio de Producción., como así también por entidades bancarias públicas y privadas.
De acuerdo a lo establecidopor AFIP en la Resolución General 2557, a partir del 02/03/2009 los bonos serán electrónicos con registro en dicho organismo y la cesión se realizará online en el sitio www.afip.gov.ar medianteingreso con clave fiscal, por lo cual la transferencia será directa entre el beneficiario principal y quien lo aplique a la cancelación de sus impuestos. Los referidos bonos podrán ser utilizados – por elbeneficiario o cesionario – dentro de los doce meses contados a partir de su fecha de emisión.
Como disposición general, en ningún caso las imputaciones de los bonos generarán créditos de libre...
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