Oposici n a la Ejecuci n de Rafa
Vs.
ACEVES CAMBEROS
Juicio Civil Sumario
Exp. N° 105/2011
INCIDENTE DE OPOSICIÓN A LA EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA.
C. JUEZ OCTAVO DE LO CIVIL.
P r e s e n t e.
RAFAEL ACEVES CAMBEROS, mexicano, mayor de edad, soltero, empresario, originario y vecino de Guadalajara, Jalisco, señalando como domicilio para recibir toda clase de notificaciones, la finca marcada con elnúmero (2823) dos mil ochocientos veintitrés, de la Calle Alcamo, del Fraccionamiento Prados Providencia de la ciudad de Guadalajara, Jalisco, y designando como mis Abogados Patronos en los amplios términos del artículo 42 del Código de Procedimientos Civiles del Estado, a los señores Licenciados JOSÉ LUIS VILLANUEVA RODRÍGUEZ y/o RUBÉN LÓPEZ CELEDÓN y/o ALEJANDRO DAGOBERTO MORENO DÁVALOS y/o J. JESÚSCAMACHO HUERTA, profesionistas que cuenta con las cédulas profesionales números 112978, 5147140, 3812719 y 399973 respectivamente, expedidas todas ellas por la Dirección General de Profesiones, dependiente de la Secretaría de Educación Pública, ante Ud. con el debido respeto comparezco a:
EXPONER:
Que por medio del presente ocurso comparezco ante su Jurisdicción, a efecto de promover en micarácter de TercerO extrañO AL PRESENTE JUICIO, a dejarle patente la inconformidad y por ende la total OPOSICIÓN que le estoy formulando a la Ejecución de la Sentencia ordenada en autos, ello, por el temor fundado que tengo, en el sentido de que el C. Secretario Ejecutor Adscrito a este H. Tribunal, pretenda llevarla a cabo en mi domicilio particular (mismo que ocupo), bien inmueble que espropiedad de mi difunto padre ALFREDO ACEVES FERNÁNDEZ, desde el día (6) seis de Noviembre de (1990) mil novecientos noventa, como se desprende de la copia certificada notarialmente, del CONTRATO INFORMAL DE COMPRA VENTA (mismo que exhibo), de la finca ubicada en la calle de Herrera y Cairo número (2485) dos mil cuatrocientos ochenta y cinco, del Fraccionamiento Ladrón de Guevara, de esta ciudad.Aunado a lo anterior, al hecho inobjetable de que, la parte actora PLASTHERMO, S.A. DE C.V., jamás acredito documentalmente en autos, que;
1) Que fuera la empresa propietaria del inmueble materia de la acción de desahucio que ejercita, y
2) Menos aún, tiene constancia legal en el sentido de que la persona física, la señora MARTHA LETICIA DE LA MORA ACEVES, que a esta fecha, es y aparece en elRegistro Público de la Propiedad, como beneficiaria del USUFRUCTO VITALICIO del inmueble materia de la presente controversia, le haya otorgado a la actora la sociedad Mercantil denominada PLASTHERMO, S.A. DE C.V., representación legal alguna, para que en su nombre y representación, compareciera dicha Sociedad Mercantil, a celebrar el supuesto CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, fundatorio de la acción civilsumaria ejercitado en este procedimiento.
3) Concomitantemente, esta parte se encuentra dentro de la hipótesis que establece el numeral 1793 del Código Civil del Estado, que instituye la figura jurídica de la “Inoponibilidad a un acto jurídico”, ello en virtud de que la parte actora PLASTHERMO, S.A. DE C.V., incumple lo dispuesto por la fracción II del artículo 1983, en concordancia con la fracción Idel artículo 1986, del Cuerpo de Leyes antes citado, dado que tiene incapacidad para arrendar el inmueble materia de la litis.
Lo anterior es así, de conformidad al criterio de nuestro más Alto Tribunal, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al amparo de la tesis del rubro siguiente:
Novena Época
Registro: 183041
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tesis Aislada
Fuente:Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
XVIII, Octubre de 2003,
Materia(s): Civil
Tesis: III.1o.C.140 C
Página: 1029
INOPONIBILIDAD. SE ACTUALIZA CUANDO EL ACTO JURÍDICO NO SE NOTIFICA FORMALMENTE AL TERCERO INTERESADO O NO SE PUBLICITA PREVIAMENTE A SU CELEBRACIÓN (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO).- De la interpretación a contrario sensu del artículo 1793 del Código Civil del Estado de...
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