Oralidad
Mgr. Juan Severino D’Azevedo Collins
Egresado del Programa de Doctorado en Derecho
Apreciación crítica a la Capacitación en oralidad: Desafío y límites para la mejora enla gestión del sistema de la Dra. Leticia Lorenzo
Resumen
La autora, en cuanto al sistema escrito y sistema oral, define que el primero es el uso del expediente que traen como resultadoformalismos, burocratización, secreto, imposibilidad total de interacción entre las partes, escasa o nula inmediación con el juzgador, por solo mencionar algunos de ellos); y, el segundo es la audiencia quepermite el cumplimiento de los principios de inmediación, contradicción, publicidad y oralidad.
La primera, tiende hacia la formalidad y acumulación de datos, sin tener en cuenta muchas veces larelevancia de los mismos; por otra parte, el segundo genera un entorno en el cual transmisión de información relevante y la interacción y posibilidad de contradicción de las partes frente al juez primasobre la burocracia y la formalidad.
En ese sentido, para pasar del primer sistema al segundo, debemos capacitar a los actores considerando la tradición del sistema escrito, más si sabemos quequienes desarrollan la etapa previa de instrucción ha estado orientada a la construcción de un expediente, y los que desarrollan el juicio son otros actores, va generar dificultades en el producto(sentencia) de calidad.
Para ello – señala – que es importante replantear los procesos de formación en función a las necesidades propias de un sistema oral. En la capacitación en el sistema escrito, lasclases (magistrales) tienen participación escasa de los alumnos; el “método de casos” se abarca sobre casos hipotéticos que muchas veces no se relacionan con situaciones cotidianas que los operadoresdeben resolver; las evaluaciones tienen una fuerte carga memorística; al finalizar el curso, no existe un seguimiento de la utilidad de la utilidad de los contenidos de la capacitación en la práctica...
Regístrate para leer el documento completo.