Ordenanza 11708 (Boleto Estudiantil, Cordoba)
Boleto Estudiantil
Ordenanza Nº 11708Para el Estudiante de Nivel Superior Universitario Público:Cursar regularmente sus estudios en la Universidad Nacional,en la Universidad Tecnológica Nacional o en los Establecimientos de Nivel Terciario Públicos.La modalidad para acreditar el beneficio será :Certificado de alumno regular firmado y sellado por laSecretaría Académica de cada Facultad o por las personas responsables que a tal fin expresamente autorice, en el que se indique en forma clara y detallada.Nombre y apellido del alumno.Documento deidentidad.Año de estudio y materias que cursa.Período de dictado de clases por materia (Anual, semestral, trimestral u otro).Días y horario de cada materia. La cantidad de viajes mensuales a otorgar acada beneficiario, surge de la necesidad de traslado acreditada a través de los certificados indicados precedentemente.Los viajes serán válidos en todas las líneas que el beneficiario escoja paracompletar sus trayectos a los centros educativos en los horarios acreditados en los certificados, con una tolerancia de una hora antes del ingreso y una hora después de la salida delestablecimiento.El beneficio del abono escolar para actividades educativas extraescolares, se sujetará a los mismos requisitos exigidos para la actividad escolar, debiendo proceder dichas actividades deinstituciones reconocidas por el Ministerio de Educación Nacional o Provincial según correspondanPara gozar de dicho abono, los alumnos de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, deberán concurrir por laSecretaria de Asuntos Estudiantiles en sus horarios de atención para inscribirse en el padrón respectivo, debiendo presentar:l fotocopia de 1º y 2º hoja del D.N.I;l fotocopia de la 1ªhoja de la libreta estudiantil;l agenda de clases Una vez inscriptos, del 1 al 5 de cada mes, deben presentarse en SAE a fin de efectuar la certificación correspondiente, a sus efectos deben...
Regístrate para leer el documento completo.