ordenanza_261___posgrados UNLP
(Versión Taquigráfica Acta Nº 1203)
“REGLAMENTACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE POSTGRADO”
CAPÍTULO 1º
DE LA CLASIFICACIÓN DE LA ENSEÑANZA DE POSTGRADO
ARTÍCULO 1º: La enseñanza de Postgrado que se imparte en la UNLP se realizará a través de
Actividades de Postgrado y Carreras de Grados Académicos y estará sujeta a las
especificaciones previstas en los artículos de la presenteOrdenanza.
ARTÍCULO 2º: Las Actividades de Postgrado constituyen espacios académicos destinados a
la capacitación, actualización y/o el perfeccionamiento de profesionales, docentes y/o
investigadores, en un área temática.
ARTÍCULO 3º: Las Carreras de Grados Académicos son conducentes a títulos académicos. La
UNLP otorga los Grados Académicos de Doctor, de Magíster y de Especialista, en el campo
deuna o varias disciplinas de la carrera profesional de la cual sea aceptada la inscripción
del aspirante, conforme a los lineamientos sugeridos por el CIN para tales grados
académicos y en consonancia con las normas adoptadas por el Ministerio de Educación y
Justicia de la Nación, como órgano de aplicación de lo establecido específicamente en la
Ley de Educación Superior Nro. 24.521 del 20 de juliode 1995 y los decretos reglamentarios
de la misma y la Resolución Nro. 160/11, en cuanto a clasificación jerárquica y acreditación
de estas carreras.
ARTICULO 4: De la organización general de las carreras de Postgrado.
Las carreras de Postgrado podrán organizarse en términos de:
1.- Carreras Institucionales y
2.- Carreras Interinstitucionales
1.- Las Carreras denominadas Institucionales dePostgrado pueden ser organizadas por una
o más unidades académicas en función de las atribuciones establecidas en el Estatuto de la
Universidad. A los efectos de la coordinación de actividades y del pertinente control de
gestión académica y administrativa, una de ellas se hará responsable ante el Consejo
Superior a los efectos de la intervención que le compete. Se otorgará el título
correspondiente acada carrera a quien haya aprobado el conjunto de los requisitos
académicos indicados en el plan de estudios y la evaluación final correspondiente. La
titulación estará a cargo de la UNLP.
2.- Las Carreras denominadas interinstitucionales de Postgrado, son aquellas carreras en las
que participan dos o más instituciones universitarias del país o extranjeras asociadas con el
fin de aprovechar elpotencial académico, científico, tecnológico y/o artístico de todas las
instituciones involucradas en un esfuerzo conjunto que reúna recursos humanos, materiales
y/o financieros suficientes para garantizar el adecuado funcionamiento de las carreras. Si
bien no es necesario que los aportes ofrecidos por cada institución sean equivalentes,
1
deberán, no obstante, ser identificables con claridad. Aestos fines es condición necesaria la
firma de un convenio específico y su correspondiente aprobación por parte de las instancias
con facultades legales para hacerlo en cada una de las instituciones participantes.
Existirán dos tipos de Carreras Interinstitucionales:
a) Conveniadas con diferentes procesos formativos: son Carreras Interinstitucionales que
mantienen más de un proceso formativoparalelo y que, en consecuencia, se
desarrollan en varias sedes académicas.
b) Conveniadas con un único proceso formativo: son Carreras Interinstitucionales con un
único proceso formativo y que, en consecuencia, se desarrollan en una sola sede o en
más de una pero con una oferta única y común para todos los estudiantes. El titulo será
otorgado por la universidad donde se inscribió el estudiante.Titulación para los 2 tipos de carreras interinstitucionales: los diplomas que se expidan podrán
incluir los logos y hacer referencia a la totalidad de las instituciones participantes, aunque
será una sola institución la que haya registrado la admisión y, consecuentemente otorgue el
titulo a un estudiante que se gradúe.
Modalidad de las Carreras de Postgrado
Tanto las Carreras Institucionales como...
Regístrate para leer el documento completo.