ordenanza de citaciones
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
En los últimos años, Venezuela asiste a una intensa movilización tanto de los Poderes Públicos como de la Sociedad Civil, en torno a un cambio Legislativo que implica la creación en el mes de Junio de 2005, laAsamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, promulga la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, que dentro de sus innovaciones separa las funciones en: Ejecutiva, Deliberante, Control Fiscal y de Planificación dentro del ámbito de su competencia; así como reafirma la colaboración entre los órganos del Poder Público Municipal; hace necesario e imprescindible un instrumento normativoque regule la comparecencia de los funcionario y particulares al seno del Concejo Municipal o sus respectivas comisiones; al igual que se efectuó a nivel nacional un instrumento al respecto, con el objeto de obtener información precisa y oportuna que conlleve al trabajo mancomunado del Poder Público Municipal. Es por eso; que, la Comisión Permanente de los Servicios Públicos y Desarrollo Socialdel Concejo Municipal de Miranda, presenta para consideración, estudio y posterior aprobación del proyecto de ORDENANZA SOBRE EL RÉGIMEN DE COMPARECENCIA DE FUNCIONARIOS Y FUNCIONARIAS PÚBLICOS Y PARTICULARES ANTE EL CONCEJO MUNICIPAL DE MIRANDA O SUS COMISIONES.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
ESTADO TRUJILLO
MUNICIPIO MIRANDA
EL CONCEJO MUNICIPAL DEMIRANDA, En uso de sus facultades legales establecidas en el artículo 54, numeral 1º y 95 numeral 1 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, en concordancia con el artículo 5 de la Ordenanza sobre Instrumentos Jurídicos Municipales, SANCIONA la siguiente:
ORDENANZA SOBRE EL RÉGIMEN PARA LA COMPARECENCIA DE FUNCIONARIOS Y FUNCIONARIAS PÚBLICOS Y PARTICULARES ANTE EL CONCEJO MUNICIPAL O SUSCOMISIONES
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- La presente Ordenanza tiene por objeto establecer las normas y procedimientos que regirán la comparecencia de funcionarios y funcionarias públicos y particulares ante el Concejo Municipal de Miranda o sus Comisiones, así como; las sanciones por el incumplimiento a las mismas.
Artículo 2.- La comparecencia de funcionarias yfuncionarios públicos y particulares, tiene como objeto conocer la actuación y la recopilación de los documentos requeridos por el Concejo Municipal de Miranda o alguna de sus Comisiones, para el mejor desempeño de las investigaciones en las materias de su competencia.
Artículo 3.- El Concejo Municipal de Miranda, o sus Comisiones, en el ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legalescontenidas en el ordenamiento jurídico que los rige, podrá acordar la comparecencia ante la plenaria, o sus Comisiones, del Alcalde o Alcaldesa, de las funcionarias y funcionarios públicos, de cualquier rango, así como; particulares preservando los derechos fundamentales, garantías y principios Constitucionales, a los fines del cumplimiento efectivo de las funciones de control y de investigaciónparlamentaria que sobre el Gobierno Municipal, y sobre la administración descentralizada, le correspondan.
Artículo 4.- El Concejo Municipal de Miranda o sus Comisiones, para ejercer la función de control, podrá apoyarse en los siguientes mecanismos: las interpelaciones, las investigaciones, las preguntas, las autorizaciones y las aprobaciones parlamentarias previstas en la Constitución de la RepúblicaBolivariana de Venezuela, así como; cualquier otro mecanismo que establezca la Ley Orgánica del Poder Publico Municipal.
Artículo 5.- Los venezolanos y venezolanas domiciliados o residenciados en el país o en el exterior, así como los extranjeros o extranjeras residenciados o en tránsito en el país, sean funcionarias o funcionarios públicos o particulares, previa citación están obligados...
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