organigrama de empleo
1.1 GABINETE DE LA SECRETARIA DEL ESTADO: Beltrán de la Torre Pedrosa
Apoyo y asistencia inmediata al titular de la Secretaría de Estado de empleo
1.2 DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO: Xavier Jean Braulio Thibault Aranda
Funciones
a. La ordenación y desarrollo de las relaciones laborales individuales y colectivas, las condiciones de trabajo, la prevención deriesgos laborales, la regulación de empleo, la elaboración e interpretación de las normas de empleo, la protección por desempleo y las actuaciones administrativas en materia de empresas de trabajo temporal.
b. La elaboración y seguimiento interno de las propuestas presupuestarias de la Dirección General de Empleo y tramitación, en su caso, de las obligaciones de contenido económico.
c. La expedición decertificación acreditativa de la capacidad representativa de las organizaciones sindicales, cuando el ámbito afectado supere el de una Comunidad Autónoma, agregando la información sobre resultados electorales registrados en los correspondientes ámbitos territoriales. Procesar las actas electorales correspondientes a las Ciudades de Ceuta y Melilla.
d. La formalización del depósito de estatutos delas organizaciones sindicales y asociaciones empresariales, así como de los pactos o acuerdos colectivos que no son objeto de inscripción en el Registro de convenios colectivos y registro de los reglamentos de procedimiento de los comités de empresa, siempre que su ámbito sea nacional o supracomunitario.
e. La resolución sobre la concesión de las ayudas previas a la jubilación ordinaria en elsistema de la Seguridad Social, así como sobre las correspondientes a asistencia económica extraordinaria a trabajadores y realizar la tramitación y seguimiento de las solicitudes de las ayudas sociales CECA a la readaptación de los trabajadores.
f. f. La realización de estudios, análisis e informes sobre planes de viabilidad y/o de reordenación de sectores y empresas en crisis, así como estudio ytramitación de los planes y programas de ayudas derivados de las medidas laborales contemplados en la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria.
g. El desarrollo de la coordinación administrativa entre todas las unidades de la Dirección General de Empleo, así como velar por el cumplimiento de la política de personal del departamento en el ámbito de la misma.
h. La coordinación funcional de laactuación de los órganos periféricos de la Administración General del Estado en aquellas funciones que son competencia de la Dirección General de Empleo.
i. La tramitación de los procedimientos de regulación de empleo y cuantos otros relacionados con la intervención administrativa en las relaciones laborales que sean competencia de la Dirección General de Empleo.
j. El desarrollo de las funciones decompetencia del departamento en materia de conciliación, mediación y arbitraje en conflictos laborales, así como realizar la prospección, análisis y seguimiento de los conflictos colectivos.
k. La tramitación de los procedimientos sancionadores en materia laboral, de empleo, protección por desempleo y se seguridad e higiene en el trabajo en los supuestos que sean competencia de la Dirección General deEmpleo, así como preparar la resolución de órganos superiores.
l. La realización de las actuaciones relativas al depósito, registro y publicación de convenios colectivos, así como el análisis y seguimiento del desarrollo de la negociación colectiva.
m. La tramitación de los procedimientos de autorización de actividades de las empresas de trabajo temporal, así como de sus prórrogas, en el ámbito desu competencia.
n. La preparación y elaboración de proyectos normativos relacionados con las áreas de su competencia.
o. La elaboración de informes y consultas relativas a la interpetación y aplicación de las disposiciones jurídicas a que se refiere el párrafo anterior.
p. El apoyo técnico-jurídico necesario para la elaboración, aprobación, transposición y aplicación de directivas y otros...
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