ORGANISMOS AUTONOMOS PERUANOS
Cuentan con una esfera de atribuciones constitucionalmente determinada., lo que constituye una “garantíainstitucional”, lo que hace que tal esfera no esté a disposición del legislador ordinario.
Llevan a cabo funciones esenciales.
No se encuentran jerárquicamente subordinados a ningún otro órgano.Se caracterizan por ser de :
Configuración inmediata por la Constitución.
Forman parte del modelo estatal.
Participan en la dirección política del Estado.
Se ubican fuera de la estructura orgánicade los poderes tradicionales.
Tienen paridad de rango con los demás órganos.
Forman parte del modelo estatal; se vuelven necesarios e indefectibles en la medida e que si desaparecieran se veríaafectada la globalidad del sistema constitucional o el buen funcionamiento del modelo de “Estado de derecho”.
Participan en la dirección política del Estado; inciden en la formación de la voluntadestatal, ya sea en los procesos de toma de decisiones o en la solución de conflictos al interior del Estado de que se trate.
Se ubican fuera de la estructura orgánica de los poderes tradicionales;significa que no se pueden adscribir orgánicamente a ninguno de esos poderes. Esta independencia se manifiesta no solamente a través de la ausencia de controles burocráticos; sino también con la existenciade autonomía financiera.
Tienen paridad de rango con los demás órganos; significa que no se encuentran subordinado a alguno de los tres poderes; sin que esto signifique la decisiones de los órganosconstitucionales autónomos no sean controlables o revisables por el poder judicial.
El Ministerio Público es autónomo. El Fiscal de la Nación lo preside. Es elegido por la Junta de FiscalesSupremos.
El cargo de Fiscal de la Nación dura 3 años, y es prorrogable, por reelección, sólo por otros dos.
Los miembros del Ministerio Público tienen los mismos derechos y prerrogativas y están sujetos...
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