Organización Protocolaria Ayuntamientos
La categoría de entidad menor de los Ayuntamientos dentro de la estructura del Estado no es, ni mucho menos, causa para una menor importancia de los mismos, ni siquiera en lo que respecta al protocolo, pues lejos de la creencia de que el mismo es innecesario en ellos, la realidad nos dice de formacontinuada que eso no es así, pues no cabe duda de que es la institución que mayor número de actos protocolarios genera y más variados.
Veamos algunos ejemplos: la toma de posesión del Alcalde, recepciones, audiencias, visitas de personalidades, primeras piedras, aperturas de calles, descubrimientos de placas, homenajes, inauguraciones de edificios sociales, culturales y deportivos, organizacionesde seminarios, congresos, presentaciones oficiales, firmas de convenios, ferias de muestras, bodas, funerales, entregas de medallas ... Y todo aquello que uno se pueda imaginar y que no sean las grandes ceremonias del Estado.
Por ello, es conveniente que las corporaciones locales aprueben sus propias normativas para el ordenamiento de las autoridades de su localidad, todo ello sin menoscabo delas precedencias señaladas en el R.D. 2099/83.
Este ordenamiento podría establecer en primer lugar el que debe darse a la misma Corporación municipal y que sería el siguiente:
Alcalde.
Teniente de alcalde.
Portavoces de los grupos municipales de mayor a menor, según su orden electoral.
Concejales de los grupos municipales de mayor o menor orden, según su orden electoral.
Secretario.
Interventor.
Tesorero.
Oficial Mayor.
Jefe de la Policía Local.
Este es el ordenamiento que se debería de dar en un Ayuntamiento. No obstante, la variedad de actos a los que nos referimos anteriormente trae consigo la presencia en los mismos de otras autoridades civiles que no estando recogidas en los mismos, necesariamente debemos de colocar. Utilizando por analogía lospreceptos del Ordenamiento General, este podría ser:
Alcalde
Diputados y Senadores por la Provincia, que tengan residencia en el municipio.
Juez de la Primera Instancia e Instrucción (Decano) Fiscal Jefe.
Tenientes de Alcalde.
Comandante Militar de Marina o Autoridad Aérea local.
Representantes consulares extranjeros.
Portavoces de grupos municipales según orden electoral. Concejales según orden elctoral.
Pero, llegados a este punto, surge la complicación de otras autoridades, llamadas así por la representación que ostentan de colectivos sociales, empresariales, laborales, gremiales, culturales y deportivos, que necesariamente han de ser, en muchos casos, invitados a nuestros actos.
Al no estar contempladas éstas en la normativa nacional de precedencias, nien la de la Comunidad Autónoma, provincial o local, su ordenamiento corresponderá a los profesionales del protocolo de acuerdo a la tradición o a los distintos criterios que podamos establecer en función de la naturaleza del acto de que se trate.
No obstante, la representabilidad debe ser el primero de los criterios que debemos observar. A estos efectos habrán de tenerse en cuenta:
*Presidente de la Cámara de Comercio, industria y Navegación.
* Presidente de la Autoridad Portuaria.
* Directores y administradores de Entidades Públicas (Seguridad Social, Instituto Nacional de Empleo., etc.)
* Partidos Políticos.
* Sindicatos.
* Organizaciones patronales y de pequeñas y medianas empresas.
* Entidades bancarias públicas.
* Presidentes de Asociaciones...
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