Organo De La Juridicion Inmobiliaria
Guía Rápida Sector Inmobiliario
Sistema de Registro de Derechos Reales Inmobiliarios en la República Dominicana El Procedimiento de Saneamiento La Mensura El Proceso Judicial El Registro Operaciones Inmobiliarias Operaciones en el Registro de Títulos Requisitos de operaciones frecuentes ante los Registro de Títulos de la República Dominicana Transferencia (acto de venta, dación en pago, permuta, etc.) Para inscribir embargo Cancelación de mandamiento de pago Adjudicación Hipoteca judicial provisional Hipoteca en virtud de un pagare notarial Hipoteca legal de la mujer casada Cancelación de la hipoteca de la mujer casada Hipoteca convencional Cancelación de hipoteca convencional Hipoteca judicial definitiva Aporte en naturaleza Oposiciones Cancelación de oposición Constitución de régimen de condominio Privilegio de los condomines Certificación relativa al status de un inmueble Duplicado por pérdida Resoluciones del Tribunal Superior de Tierras
El tiempo promedio de obtención del Registro de una Propiedad, en la República Dominicana. Recomendaciones para adquirir un inmueble. El impuesto sobre vivienda suntuarias y solares urbanos no edificado (IVSS) Régimen legal de la inversión de la inversión extranjera: Ley 1695 RESOLUCION DE CONFLICTOS UNIDADES DE MEDIDAS
SISTEMA DE REGISTRO DE DERECHOS REALES INMOBILIARIOS EN LA REPÚBLICA DOMINICANA.
La República Dominicana, para el registro de los Derechos Reales Inmobiliarios, cuenta con una Jurisdicción especializada, que recibe el nombre de Jurisdicción Inmobiliaria. Los órganos de la Jurisdicción Inmobiliaria, son los siguientes: Tribunales Superiores de Tierras. Tribunales de Jurisdicción Original. Comisión Inmobiliaria. Dirección Nacional de Registro de Títulos. (Órgano rector de los Registros del País). Dirección Nacional de Mensuras y Catastro. (Órgano que cuenta con SubDirecciones Regionales). El Derecho de Propiedad que confiere el Sistema Dominicano, ofrece las siguientes características de “imprescriptible, oponible a todos y goza de
la garantía absoluta del Estado”.
El sistema es considerado dentro de los sistemas de presunción de exactitud, constitutivo y convalidante. Presunción de exactitud, significa que las informaciones que revela el registro se presumen exactas. Constitutivo, puesto que el derecho se constituye con el Registro de Títulos. Convalidante, puesto que libera al titular del derecho Registrado de cualquier afectación no inscrita en perjuicio del disponente, favoreciendo al titular Registrado (el cual no debe ser perturbado en su adquisición). Los derechos, para ingresar por primera vez deben pasar por un procedimiento de depuración, que permite identificar de manera precisa el inmueble objeto de registro. Este procedimiento recibe el nombre de saneamiento, esto solo ocurre
una sola vez en la vida de cada inmueble. Mediante este procedimiento el inmueble ingresa al Registro por primera vez; a partir de este primer registro todas las operaciones que se produzcan sobre el inmueble quedan plasmadas en los Libro del Registro de Títulos correspondiente. El Procedimiento de Saneamiento Es un procedimiento excepcional y transitorio dentro de la legislación Dominicana, puesto que una vez se encuentren Registrados dentro del Sistema todos los inmuebles, dejara de existir. La República Dominicana, tiene ochenta y siete (87) años aplicando este sistema, son pocos los inmuebles que se encuentran fuera del Sistema de Registro de la Propiedad Inmobiliaria. Procedemos a explicar los pasos del saneamiento a fin de precisar la eficacia del sistema. Los pasos para el primer Registro o Saneamiento son: A) Mensura. B) Proceso Judicial C) ...
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