organo rector del turismo
es el órgano rector y la máxima autoridad administrativa en la actividad turística, encargado de formular, planificar, dirigir, coordinar, evaluar ycontrolar las políticas, planes, programas, proyectos y acciones estratégicas destinadas al desarrollo sustentable del territorio nacional como destino turístico. Teniendo entre sus atribuciones:Elaborar, aprobar y difundir el Plan Estratégico Nacional de Turismo en atención a los planes de desarrollo aprobados conforme a la planificación centralizada, previa consulta con los demás integrantes delSistema Turístico Nacional.
Dictar las resoluciones y demás actos administrativos de efectos o generales a que haya lugar en materia turística.
Fijar conjuntamente con el Ministerio del Poder Popularcon competencia en la materia de control de precios, las tarifas de los servicios turísticos cuando las circunstancias sociales y económicas así lo requieran, a fin de evitar distorsiones en laeconomía.
Dictar las normas para la evaluación de proyectos de inversión turística que se propongan realizar y desarrollar en el territorio nacional, prestando atención especial a los proyectos turísticospresentados por las comunidades organizadas en Instancias del Poder Popular y demás formas de participación.
Fomentar la inversión turística, con especial atención a aquellas dirigidas al desarrollo yfortalecimiento de las comunidades organizadas en Instancias del Poder Popular y demás formas de participación.
Elaborar y mantener actualizado, conjuntamente con las autoridades del DistritoCapital, los Estados, los Municipios, los territorios insulares, las Dependencias Federales y con el resto de los integrantes del Sistema Turístico Nacional, el Catálogo Turístico Nacional y cualquier otroinstrumento de difusión conformado por atractivos naturales, culturales, prestadores de servicios turísticos y los servicios complementados a la actividad turística.
Efectuar las inspecciones...
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