Origenes de la oralidad en el proceso.
En sus inicios, el proceso en su totalidad se desahogaba mediante la palabra; normalmente se agotaba en una sola audiencia y en actos populares como ocurrióen el ágora del antiguo derecho penal griego o, bien, en la plaza pública del derecho penal romano, estableciéndose asì el criterio de un proceso denominado por la oralidad, donde, como es natural,representó una importante economía procesal, concentración e inmediatez procesales por virtud de no documentarse por escrito sus actuaciones.
Luego, es de suponer, para no olvidar con posterioridad losactos realizados sólo mediante la palabra, que se requirió de una decisión también escrita y dictada de manera inmediata, la cual se emitía normalmente en la misma diligencia del trámite relativo.Posteriormente, la oralidad, si bien es cierto se concibe para simplificar trámites en el proceso, también lo es que se empezó a complementar con la documentación de los mismos por escrito.
Dondeexista el predominio de la oralidad sobre la escritura, es como se sigue considerando como proceso oral al que se desarrolle en tales condiciones.
En éste, la fijación de la litis, el desarrollo de laspruebas y las alegaciones de las partes, se producen en una o más audiencias ante la presencia del órgano jurisdiccional cuya sentencia definitiva, por lo regular, se dicta inmediatamente después delcierre de la instrucción de la causa.
Son ventajas de la oralidad- sobre la escritura- el facilitar la relación procesal entre el juez y las partes, así como el aumentar la concentración de laactividad instancial en pocas audiencias, como ocurre en el procedimiento sumario en el Distrito Federal, donde el artículo 308 del Código Procesal Penal relativo señala que las partes deben formularverbalmente sus conclusiones, y lo ideal sería que se produjera una reforma en la cual se estableciera que en ese mismo acto de la audiencia dictara el juez penal, su sentencia, lo cual es factible si...
Regístrate para leer el documento completo.