Outdoor media v. billboard

Páginas: 11 (2733 palabras) Publicado: 26 de septiembre de 2010
2010 T.S.P.R. 108

Outdoor Media Displays Posters, Inc. v. Billboard One, Inc., 2010 T.S.P.R. 108

29 de junio de 2010

Juez Ponente del Tribunal de Apelaciones: Hon. Nélida Jiménez Velázquez.

Derecho administrativo: doctrina de jurisdicción primaria.
Planificación urbana: interdicto del artículo 28 de la Ley Núm. 76 de 24 de junio de 1975 (Ley Orgánica de ARPE) para la remoción deletreros y anuncios sin los correspondientes permisos; paralización de la acción judicial al presentarse solicitud de permiso o anteproyecto de variación ante la ARPE.


RESUMEN DE LOS HECHOS:

Outdoor Media Displays presentó una demanda de injunction en contra de Billboard One, Caribbean Billboard y otros al amparo del artículo 28 de la Ley Núm. 76 de 24 de junio de 1975 (Ley Orgánica deARPE); el Reglamento de Zonificación de Puerto Rico; la Ley Uniforme de Rótulos y Anuncios de Puerto Rico (Ley Núm. 355 de 22 de diciembre de 1999, 9 L.P.R.A. sec. 51 y ss.); y el Código Uniforme Sobre Rótulos y Anuncios de Puerto Rico (Reglamento Núm. 6237). En esencia, alegó que los demandados operaban varios tableros de anuncios en el área del peaje de Caguas sin los permisos de uso expedidos porARPE. El TPI expidió una orden provisional ex parte ordenando el cese y desista de la operación de los tableros y citó a una vista para dilucidar la procedencia de un interdicto permanente. Coetáneamente Caribbean Billboard solicitó a ARPE la reapertura de su solicitud de permiso, la cual había sido iniciada tres años antes y, con posterioridad, solicitó la desestimación de la demanda deinjunction. Alegó que el TPI no tenía jurisdicción para atender el asunto, pues el mismo le correspondía a ARPE debido a que la agencia se encontraba considerando otra etapa del procedimiento administrativo en relación a los rótulos. Billboard One también solicitó la desestimación del interdicto planteando que contaba con los permisos y aprobaciones para dos de los cuatro letreros e indicó que habíasolicitado las correspondientes variaciones para los dos letreros restantes, por lo que argumentó que procedía paralizar cualquier acción legal presentada en su contra. El TPI declaró con lugar las mociones de desestimación presentadas por las codemandadas y desestimó si perjuicio la acción presentada por Outdoor. Fundamentó su decisión en la doctrina de jurisdicción primaria concurrente e indicó queel asunto requería la pericia administrativa y el conocimiento especializado de ARPE. El Tribunal de Apelaciones confirmó.

El Tribunal Supremo mediante sentencia resolvió que la presentación de una solicitud de permiso ante ARPE, de conformidad con la Ley Núm. 355 no paraliza el injunction estatutario incoado por un particular bajo el artículo 28 de la Ley Núm. 76. En reconsideración,mediante opinión emitida por el Juez Asociado señor Rivera Pérez, el Tribunal Supremo revoca la sentencia del Tribunal de Apelaciones. Resuelve que la presentación de una solicitud de permiso ante la ARPE, no paraliza la acción de injunction estatutario presentada por partes privadas al amparo del procedimiento especial del artículo 28 de la Ley Núm. 76 de 24 de junio de 1975 (Ley Orgánica de ARPE).Determina, además, no aplica la doctrina de jurisdicción primaria concurrente ya que la propia Ley Núm. 355 dispone que con la presentación de una solicitud de permiso o de un anteproyecto para una variación ante ARPE se paraliza cualquier acción legal presentada. El Juez Presidente señor Hernández Denton disintió con opinión escrita. Las Juezas Asociadas señora Fiol Matta y señora RodríguezRodríguez disintieron sin opinión escrita.

RESUMEN NORMATIVO:

Principios generales del derecho; palabras y frases; jurisdicción
El término jurisdicción significa el poder o la autoridad que posee un tribunal o un organismo administrativo para considerar y decidir casos o controversias.

Id.; id.; id.
Habida cuenta de que en Puerto Rico, los tribunales son de jurisdicción general, como...
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