Pablo Lerner

Páginas: 83 (20557 palabras) Publicado: 7 de abril de 2015
SOBRE ARMONIZACIÓN, DERECHO COMPARADO
Y LA RELACIÓN ENTRE AMBOS
Pablo LERNER*
RESUMEN: La importancia del derecho
comparado es clara: no sólo nos ayuda
a en ten der me jor el de re cho como
creación cultural, sino que proporciona
una base intelectual para la interpretación y el análisis de distintos sistemas
jurídicos, lo que en definitiva ayuda
también a entender e interpretar el sistema propio.Como nos explica el autor
del presente ensayo, la relación entre
comparación y armonización es compleja y admite diferentes lecturas. Comparación y armonización se necesitan
mutuamente, aun cuando cada una de
ellas tran si te por dis tin tos sen de ros.
Ambas convergen hacia un destino común: el surgimiento de una cultura jurídica más amplia que esté acorde con
una era de cambios que nos llevaninexorablemente a una armonización de
los sistemas jurídicos.

ABSTRACT : The impor tance of compar ative
law is clear: not only does it help to understand the law as a cultural creation, but it
also provides an intellectual base for the interpretation and the analysis of different legal
systems, as well as helping for the understanding and interpretation of our own legal system.
As the author ofthis essay explains, the relation between comparison and harmonization is
complex and admits different readings. Comparison and harmonization need each other,
even though they develop themselves in different
paths. In turn, both converge towards a common destiny: the emergence of a wider legal
culture, in consonance with an era of transformations that seems to be leading towards an
harmonization oflegal systems.

Palabras clave: derecho comparado,
sistemas jurídicos, armonización, unificación.

Descriptors: comparative law, legal systems, harmonization, unification.

* Abogado, Universidad de Buenos Aires; doctor en derecho, Universidad de Jerusalem; y
docente titular (Senior Lecturer), Escuela de Derecho Ramat Gan (Israel).
Boletín Mexicano de Derecho Comparado,
nueva serie, año XXXVII,núm. 111,
septiembre-diciembre de 2004, pp. 919-966

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PABLO LERNER

SUMARIO: I. El camino a la armonización. II. El enfoque de comparatistas
y armonizadores. III. El marco de la comparación. IV. ¿Hay que buscar
similitudes o diferencias? V. Textualismo y contextualismo. VI. De lo
analítico a lo normativo. VII. Armonización, transplantes y derecho
comparado. VIII. Del “amateurismo” a laespecialización. IX. Hacia un nuevo
ius commune.

La importancia del derecho comparado es clara,1 no sólo nos ayuda a
entender mejor el derecho como creación cultural sino que proporciona
una base intelectual para la interpretación y el análisis de distintos sistemas jurídicos, lo que en definitiva ayuda también a entender e interpretar el propio.2 Si tomamos como premisa que el derecho comparado sebeneficia de la permeabilidad entre los sistemas, la etapa actual en la que
hay una mayor comunicación entre los sistemas jurídicos, y en la que la
idea de unificación del derecho cobra cada vez más vitalidad, debería ser
la mejor hora del derecho comparado.
La relación entre comparación y armonización es compleja y admite diferentes lecturas. Hay quienes como Rodolfo Sacco, sostienen
que desde unpunto de vista histórico, la unificación del derecho no
necesita del derecho comparado, mientras que autores como Zweigert-Kötz opinan que la armonización sí necesita del derecho comparado.3 En definitiva ¡ambas posturas son ciertas! Efectivamente, ha
1 Sin embargo, pocas ramas del derecho dan lugar a tanto debate en torno a su objeto, al cance o importancia como el derecho comparado. Incluso unaconsiderable parte de los comparatistas encaran el estudio del derecho comparado con una actitud “defensiva”. Véase Merryman, J., “The Loneliness of the Comparative Lawyer”, en id. (ed.), The Loneliness of the
Comparative Lawyer and other Essays in Foreign and Comparative Law, The Hague, 1999, pp. 1-12; Tallon, D., “Quel Droit Comparé pour XXIème siècle?”, Uniform Law Review, 1998, pp. 703-709;...
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