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En un último intento, la demandante pretende justificar que existe un interés público y que el establecimiento facilita el acceso público. Además, intenta justificarse también alegando quedado el servicio que presta para los turistas que van a la playa, de ninguna manera podría encontrarse su establecimiento fuera de ella. Sin embargo, tampoco esta alegación pueda justificar lalegalización de la edificación que nos compete, ya que existe una aparente confusión entre “el interés público” y “el interés del público”. Si bien su servicio satisface al interés “del público”, debido a lanaturaleza de la actividad que realiza (dar comidas, bebidas y snacks…) podría ubicarse en otro lugar.
Por tanto, y sin ánimo de resultar redundantes, resumamos brevemente que ninguno de los motivostiene fundamento suficiente como para que el establecimiento pueda legalizarse conforme a la legislación vigente.
En un último intento, la demandante pretende justificar que existe un interéspúblico y que el establecimiento facilita el acceso público. Además, intenta justificarse también alegando que dado el servicio que presta para los turistas que van a la playa, de ninguna manera podríaencontrarse su establecimiento fuera de ella. Sin embargo, tampoco esta alegación pueda justificar la legalización de la edificación que nos compete, ya que existe una aparente confusión entre “el interéspúblico” y “el interés del público”. Si bien su servicio satisface al interés “del público”, debido a la naturaleza de la actividad que realiza (dar comidas, bebidas y snacks…) podría ubicarse en otrolugar.
Por tanto, y sin ánimo de resultar redundantes, resumamos brevemente que ninguno de los motivos tiene fundamento suficiente como para que el establecimiento pueda legalizarse conforme a...
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