pagos en el rut
Artículo 10. Entidades no contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios con obligación de presentar declaración de ingresos y patrimonio. Lasentidades que se enumeran a continuación deberán presentar declaración de ingresos y patrimonio:
1. Las entidades de derecho público no contribuyentes, con excepción de las que se señalan en elartículo siguiente.
2. Las siguientes entidades sin ánimo de lucro:
Las sociedades de mejoras públicas; las instituciones de educación superior aprobadas por el ICFES que sean entidades sinánimo de lucro; los hospitales que estén constituidos como personas jurídicas sin ánimo de lucro; las organizaciones de alcohólicos anónimos; las asociaciones de ex alumnos; los partidos o movimientospolíticos aprobados por el Consejo Nacional Electoral; las ligas de consumidores; los Fondos de Pensionados; los movimientos, asociaciones y congregaciones religiosas que sean entidades sin ánimo de lucro;los fondos mutuos de inversión y las asociaciones gremiales cuando no desarrollen actividades industriales o de mercadeo, y las personas jurídicas sin ánimo de lucro que realicen actividades desalud, siempre y cuando obtengan permiso de funcionamiento del Ministerio de la Protección Social, directamente o a través de la Superintendencia Nacional de Salud y los beneficios o excedentes queobtengan se destinen en su totalidad al desarrollo de los programas de salud.
3. Los fondos de inversión, fondos de valores y los fondos comunes que administren las entidades fiduciarias.
4. Losfondos de pensiones de jubilación e invalidez y los fondos de cesantías.
5. Los fondos parafiscales agropecuarios y pesqueros de que trata el Capítulo V de la Ley 101 de 1993 y el Fondo de PromociónTurística de que trata la Ley 300 de 1996.
6. Las Cajas de Compensación Familiar y los fondos de empleados, cuando no obtengan ingresos provenientes de actividades industriales, de mercadeo y...
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