Paladines
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relacionadas con el ejercicio de la actividad suspendida, paraque
impidan su ejercicio.
Art. (...) Decomiso.- El decomiso es la pérdida del dominio
sobre los bienes materia del delito, en favor del acreedor
tributario. Puede extenderse a los bienes y objetosutilizados
para cometer la infracción, siempre que pertenezcan a su autor o
cómplice o de acuerdo a la gravedad y circunstancias del caso.
Cuando exista una diferencia apreciable entre el valor delos
bienes u objetos materia del delito y el que corresponda a los
medios u objetos que sirvieron para cometerlo, y no sea del caso
decomisar dichos bienes, sea por la mentada desproporción devalores o porque no pertenezcan al infractor, se sustituirá el
decomiso de dichos medios con una multa adicional de dos a
cinco veces el valor de la mercadería o bienes materia del delito.
Art. (...)Incautación Definitiva: La incautación definitiva es la
pérdida del derecho de dominio, dispuesta por la autoridad
administrativa o jurisdiccional.
Art. (...) Suspensión o Cancelación deinscripciones,
autorizaciones y patentes.- La suspensión o cancelación de
inscripciones, autorizaciones y patentes requeridas para el
ejercicio del comercio o de la industria, podrá aplicarse como
pena porinfracciones, según la gravedad e importancia de ellas,
sin perjuicio de las otras sanciones que se impusieren.
El sancionado con pena de suspensión o cancelación de
inscripción, autorización o depatente podrá rehabilitarlas, si
hubiere transcurrido un año desde la ejecutoria de la resolución
administrativa o sentencia que impuso la pena, siempre que el
sancionado dentro de ese lapso no...
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