PARCIAL DOMICILIARIO DS. HUMANOS
1) ¿Qué es el derecho a la igualdad para la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)?
En el marco del derecho internacional de los derechos humanos pueden distinguirse, por lo menos, dos concepciones de igualdad, una de ellas se refiere a la igualdad como prohibición de trato arbitrario y la otra se refiere a la prohibición dediscriminación.
Una primera noción de igualdad como “prohibición del trato arbitrario” es la noción más clásica de igualdad formal. Ésta se basa en la idea que la ley debe aplicarse de forma similar a todos los individuos con independencia de sus características. Esta noción es considerada como la “igualdad ante la ley”.
Esto implica entonces que cuando la ley realiza clasificaciones entre personas,éstas deben evitar la arbitrariedad, por tanto deben ser “objetivas y razonables”.
A su vez, existe lo que se ha denominado el juicio estricto de igualdad. Este juicio se aplica para analizar la utilización de “categorías sospechosas”, respecto de las cuales resulta casi imposible imaginarlas como causa razonable de un trato diferente justificado. Las categorías más usualmente identificadas comosospechosas son la raza, la nacionalidad, el sexo o las ideas políticas o religiosas; se corresponden con características de las personas que no deben ser relevantes para ninguna distinción o diferencia que el Estado pueda hacer. Dichas categorías se encuentras enunciadas en el artículo 1.1.de la Convención de Derechos Humanos, el cual deja abierto a que surjan otras cuestiones discriminatorias.Cuando están en juego estas categorías sospechosas, la carga de la prueba se invierte, se presume la ilegitimidad de estas medidas. Y el Estado deberá demostrar las razones para tomar determinadas conductas basándose en estas categorías. Es decir, deberá demostrar su no arbitrariedad.
Un fallo, analizado en clase, que nos permite ver exactamente esto que acabo de exponer, es el fallo de la CIDH“Atala Riffo”. Es el caso de una madre homosexual que la corte chilena decide quitarle la tenencia por convivir con su pareja y sus hijas. Lo que la Corte le termina criticando a la corte suprema chilena, entre otras cosas, es la violación del artículo 1.1 de dicha Convención. Se cree que el concepto de igualdad de la corte chilena es formalista y no tiene en cuenta a la persona y suscaracterísticas. Como también toma una medida discriminatoria basándose en una de las “categorías sospechosas”, ya vistas.
Otro ejemplo, es la opinión consultiva número 5: “La colegialización de los periodistas en Costa Rica”: impide el acceso de cualquier persona al uso pleno de los medios de comunicación social como vehículo para expresarse o para transmitir información. En este caso vemos que losrequisitos que debe cumplir una medida restrictiva de un derecho, no se cumplen: (Artículo 13.2)
“-Debe provenir de una ley formal
-Debe perseguir un fin legítimo
- La medida no debe ser desproporcionada
-Que sea necesario1”
La otra concepción sobre la igualdad como no discriminación, tiene en cuenta la existencia de grupos vulnerables, y reconoce que es deber del Estado evitar que la exclusión algoce y ejercicio de los derechos se siga profundizando.
Como se trata un diseño del sistema social que coloca a estos grupos en una condición desventajosa, la necesidad de que los Estados adopten medidas en pos de mejorar la condición de estos grupos se fundamenta en una noción de igualdad material en contraposición a la igualdad formal. El otorgar un mismo trato a personas que se encuentran enposiciones desiguales solamente incrementará las desigualdades existentes. Más aún, esta concepción de igualdad tiene como fin mejorar la posición de estos grupos sistemáticamente situados en desventaja.
El Estado no solamente debe abstenerse de realizar acciones que profundicen la marginación de estos grupos, sino revisar normas que son en apariencia neutrales pero que tienen un impacto...
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