PARTICIPACI N CIUDADANA EN SALUD
es la facultad que tiene toda persona para que, de manera individual y/colectiva, se involucre libremente en los procesos del Sistema General de Seguridad Social en Salud, con el fin de ejercer sus derechos y hacer valer sus derechos (Decreto 1757 de 1994)
Legislación sobre la Participación Ciudadana en Salud Ley 10 de 1990.
Artículo 3º.- Principios básicos. Elservicio público de salud se regirá por los siguientes principios básicos:
a. Universalidad: todos los habitantes en el territorio nacional tienen derecho a recibir la prestación de servicios de salud;
b. Participación ciudadana: es deber de todos los ciudadanos, propender por la conservación de la salud personal, familiar y comunitaria y contribuir a la planeación y gestión de los respectivosservicios de salud;
c. Participación comunitaria: la comunidad tiene derecho a participar en los procesos de diagnóstico, formulación y elaboración de planes, programas y proyectos, toma de decisiones, administración y gestión, relacionados con los servicios de salud, en las condiciones establecidas en esta Ley y en sus reglamentos;
Ley 100 de 1993.
ARTÍCULO 153. FUNDAMENTOS DEL SERVICIO PÚBLICO.
Fortalecer los mecanismos de control contra la corrupción en la gestión pública y la contratación estatal.
Fortalecer los procesos de participación ciudadana y comunitaria en la toma de decisiones, enla gestión de los asuntos que les atañen y en el seguimiento y control de los proyectos de inversión. Apoyar las labores de las personerías municipales en la
promoción y fortalecimiento de los procesos de participación ciudadana y comunitaria.
Velar por los intereses de las comunidades como beneficiarios de la acción pública.
Propender por el cumplimiento de los principios constitucionales querigen la función pública.
Entablar una relación constante entre los particulares y la administración por ser este un elemento esencial
para evitar los abusos de poder y la parcialización excluyente de los gobernantes.
Democratizar la administración pública.
Promocionar el liderazgo y la participación ciudadana.
¿TIPOS DE VEEDURÍAS?
La Ley reconoce que hay distintos tipos de veedurías. Veedurías detipo preventivo y veedurías de tipo acusatorio, las dos son
válidas y legítimas ante la Constitución. Uno puede hacer una veeduría preventiva en la medida que tiene la información oportuna, para que las cosas mejoren y veeduría acusatoria, donde hay que hacerla después de, para encontrar todo lo que se hizo mal y señalarlo ante la opinión publica
Comités Institucionales
• Ética Hospitalaria:Tiene como objetivo velar por la calidad y oportunidad en la prestación de los servicios y la defensa de los deberes y derechos de los ciudadanos en salud.
• Comité Directivo: Tiene como objetivo verificar el desarrollo de los procesos directivos, de prestación de servicios y de los procesos de apoyo necesarios para el cumplimiento de metas y objetivos previamente definidos y plantear las acciones...
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