partido politico
Cómo se constituyen los partidos políticos
Estas formaciones deben darse de alta en el Ministerio del Interior presentando un escrito de solicitud de inscripción acompañado de sus estatutos
Para que un partido político se presente a unas elecciones antes debe darse de alta como tal. El proceso implica una serie de trámites que deben realizarse con el Ministerio del Interior. Pero lospartidos no son las únicas formaciones que concurren en unos comicios. Coaliciones y agrupaciones de electores también pueden hacerlo.
1¿Quién puede presentarse a unas elecciones?
Todo ciudadano español que no cuente con ninguna pena privativa de libertad puede presentarse como candidato a unas elecciones, con algunas excepciones. Los miembros de la Familia Real y de altas instancias delEstado, por ejemplo, no pueden hacerlo. El artículo 6 de la Ley Electoral regula este derecho y establece una serie de condiciones. Te las explicamos todas en el practico grama ‘Cómo presentarse a unas elecciones’.
Pero las personas no pueden constituir una candidatura por sí solas. Deben hacerlo formando parte de una de las siguientes asociaciones políticas:
-Un partido político.
-Una coalición departidos políticos.
-Una agrupación de electores.
2. La constitución de un partido político.
Un partido político es una asociación con personalidad jurídica que concurre en distintas elecciones de forma repetida: generales, autonómicos, municipales, etc. Para constituirse como tales, los partidos deben presentar un escrito de solicitud de inscripción en el registro de partidos políticos delMinisterio del Interior. Junto a este documento se debe presentar el acuerdo de constitución, que debe contener la siguiente información:
-Nombre de los promotores del partido.
-Integrantes de los órganos directivos provisionales.
-Domicilio social del partido.
-Estatutos por los que se regirá el partido.
La presentación de la solicitud y de esta documentación debe formalizarse ante elMinisterio del Interior acudiendo en persona o por correo. La dirección es la siguiente:
Ministerio del Interior
Registro de Partidos Políticos
C/ Amador de los Ríos nº 7
28071 Madrid
3. Solicitudes no aptas.
Recibida la solicitud de inscripción, el personal del Registro dispone de un plazo máximo de 20 días para dar el visto bueno e incluir al partido político en su base de datos.Registrada la formación, ésta adquiere naturaleza jurídica y puede pasar a presentarse legalmente a unas elecciones.
Si se da alguno de los siguientes supuestos la solicitud de inscripción podrá ser considerada como no apta:
-Defectos en la solicitud de inscripción y en la documentación que le acompaña. Estos errores pueden subsanarse y volver a presentar la solicitud.
-Indicios de que el partido quese pretende inscribir en el Registro es ilegal.
-Indicios de que la inscripción que se pretende formalizar persigue continuar o retomar la actividad de un partido ilegalizado.
4. Las coaliciones electorales.
Los partidos políticos pueden formar coaliciones y presentarse de forma conjunta en unos comicios. Estas alianzas se materializan en listas mixtas que incluyen miembros de las distintasformaciones que se hayan aliado.
Las coaliciones electorales deben constituirse ante la junta electoral que corresponda en los 10 días siguientes a la convocatoria de la elección. Transcurridos los comicios, si la coalición no ha sido elegida se disolverá y deberá seguir el mismo proceso de constitución para presentarse al siguiente proceso electoral. Deberá hacer lo mismo si resulta vencedora yquiere concurrir en los próximos comicios.
5. Agrupaciones de electores.
Los ciudadanos pueden presentarse a unas elecciones constituidos en agrupaciones de electores. Estas asociaciones políticas no pueden concurrir en más de un proceso electoral al mismo tiempo y sólo pueden presentarse para una circunscripción en concreto. Deben renovar su candidatura cada vez que quieran presentarse a unos...
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