partidos politicos
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Raquel Ballesteros
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Para que un partido político se presente a unas elecciones antes debe darse de alta como tal. El proceso implica una serie de trámites que deben realizarse con el Ministerio del Interior. Pero los partidos no son las únicas formaciones que concurren en unos comicios.Coaliciones y agrupaciones de electores también pueden hacerlo. Aprende las diferencias que se dan entre unos y otros y qué proceso deben seguir para poder ser votados.
Foto: Eclepedia.com
Instrucciones
Todo ciudadano español que no cuente con ninguna pena privativa de libertad puede presentarse como candidato a unas elecciones, con algunas excepciones. Los miembros de la Familia Real y dealtas instancias del Estado, por ejemplo, no pueden hacerlo. El artículo 6 de la Ley Electoral regula este derecho y establece algunas condiciones.
Pero para presentarte a las elecciones debes formar parte de:
-Un partido político.
-Una coalición de partidos políticos.
-Una agrupación de electores.
Un partido político es una asociación con personalidad jurídica que concurre en distintaselecciones de forma repetida. Para constituirse como tales, los partidos deben presentar un escrito de solicitud de inscripción en el registro de partidos políticos del Ministerio del Interior. Junto a este documento se debe presentar el acuerdo de constitución, que debe contener la siguiente información:
-Nombre de los promotores del partido.
-Integrantes de los órganos directivos provisionales.-Domicilio social del partido.
-Estatutos por los que se regirá el partido.
La presentación de la solicitud y de esta documentación debe formalizarse ante el Ministerio del Interior acudiendo en persona o por correo a:
Ministerio del Interior
Registro de Partidos Políticos
C/ Amador de los Ríos nº 7
28071 Madrid
Luego, el personal del Registro dispone de un plazo máximo de 20 días para dar elvisto bueno e incluir al partido político en su base de datos. Registrada la formación, ésta puede pasar a presentarse legalmente a unas elecciones.
Los partidos políticos pueden formar coaliciones y presentarse de forma conjunta en unos comicios. Estas alianzas se materializan en listas mixtas que incluyen miembros de las distintas formaciones que se hayan aliado.
Las coaliciones electoralesdeben constituirse ante la junta electoral que corresponda en los 10 días siguientes a la convocatoria de la elección. El proceso deberá repetirse en las próximas elecciones.
Los ciudadanos pueden presentarse a unas elecciones constituidos en agrupaciones de electores. Estas asociaciones políticas no pueden concurrir en más de un proceso electoral al mismo tiempo y sólo pueden presentarse para unacircunscripción en concreto. Deben renovar su candidatura cada vez que quieran presentarse a unos comicios.
Las agrupaciones de electores han de formalizar su inscripción ante la junta electoral que corresponda. Junto a esta petición deben presentar un número determinado de firmas de ciudadanos apoyando su candidatura. Vararán según sean el Congreso, al Parlamento Europeo, para las autonómicas opara las municipales. Llama al Ministerio de Interior para que te informen exactamente de la cifra.
La Ley Electoral establece que las candidaturas (partidos políticos, coaliciones y agrupaciones electorales) que concurran en unas elecciones municipales, autonómicas al Congreso de los Diputados y al Parlamento Europeo deben contar con listas mixtas formadas por hombres y por mujeres (art. 44bis). El total de integrantes de cada sexo deberán constituir, como mínimo, el 40% del total de dicha lista.
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