Pasante
SRA. LIDIA GARCIA JAIME.
P r e s e n t e.-
Por medio de la presente le otorgo a Usted PODER GENERAL PARA PLEITOS YCOBRANZAS, pero tan amplio y cumplido bastante como en derecho sea necesario. Para que en mi nombre y representación de manera enunciativa más no limitativa realice cualquier trámite o gestión que seanecesaria o conveniente, con las siguientes atribuciones.
A) PODER GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS, con todas las facultades generales y especiales que requieran cláusula especialconforme a la Ley, sin reserva ni limitación alguna, en los términos de los Artículos (2448) dos mil cuatrocientos cuarenta y ocho, primer párrafo y (2481) dos mil cuatrocientos ochenta y uno delCódigo Civil para el Estado de Nuevo León, sus correlativos el (2554) dos mil quinientos cincuenta y cuatro, primer párrafo y (2587) dos mil quinientos ochenta y siete, del Código Civil Federal y susconcordantes en los mismos ordenamientos en el resto de los Estados del País. Comprendiéndose conferidos en sentido enunciativo pero no limitativo, las siguientes facultades: I.- Para representar a laPoderdante ante toda clase de personas físicas o morales, sociedades mercantiles, civiles y asociaciones; organismos descentralizados, instituciones, árbitros y arbitradores, en juicio o fuera de el, antetoda clase de autoridades: a) Municipales, Estatales y Federales; b) Judiciales, Civiles, Administrativas, Legislativas Penales, del Trabajo y Fiscales. II.- Para desistirse, transigir, comprometeren árbitros absolver o articular posiciones, recusar jueces y magistrados, recibir pagos tachar testigos, interrogar o representar testigos, impugnar documentos, ofrecer y remitir pruebas, formulardenuncias, acusaciones y querellas, constituir a los Poderdante e parte civil coadyuvante del Ministerio Publico para exigir la reparación del daño y la responsabilidad civil cuando proceda contra...
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