PATRIA POTESTAD C CIVIL DE CHILE
La patria potestad está regulada en nuestro Código Civil en el Libro I título X. artículos 243 al artículo 273.
TITULO X
De la patria potestad
1. Reglas generales.
Art. 243. La patria potestad es el conjunto de derechos y deberes que corresponden al padre o a la madre sobre los bienes de sus hijos no emancipados.
La patria potestad se ejercerá tambiénsobre los derechos eventuales del hijo que está por nacer.
Art. 244. La patria potestad será ejercida por el padre o la madre o ambos conjuntamente, según convengan en acuerdo suscrito por escritura pública o acta extendida ante cualquier oficial del Registro Civil, que se subinscribirá al margen de la inscripción de nacimiento del hijo dentro de los treinta días siguientes a su otorgamiento.
Afalta de acuerdo, al padre toca el ejercicio de la patria potestad.
En todo caso, cuando el interés del hijo lo haga indispensable, a petición de uno de los padres, el juez podrá confiar el ejercicio de la patria potestad al padre o madre que carecía de él, o radicarlo en uno solo de los padres, si la ejercieren conjuntamente. Ejecutoriada la resolución, se subinscribirá dentro del mismo plazoseñalado en el inciso primero.
En defecto del padre o madre que tuviere la patria potestad, los derechos y deberes corresponderán al otro de los padres.
Art. 245. Si los padres viven separados, la patria potestad será ejercida por aquel que tenga a su cargo el cuidado personal del hijo, de conformidad al Art. 225.
Sin embargo, por acuerdo de los padres, o resolución judicial fundada en el interésdel hijo, podrá atribuirse al otro padre la patria potestad. Se aplicará al acuerdo o a la sentencia judicial, las normas sobre subinscripción previstas en el Art. precedente.
Art. 246. Mientras una subinscripción relativa al ejercicio de la patria potestad no sea cancelada por otra posterior, todo acuerdo o resolución será inoponible a terceros.
Art. 247. No obstará a las reglas previstas enlos Artículos 244 y 245 el régimen de bienes que pudiese existir entre los padres.
Art. 248. Se nombrará tutor o curador al hijo siempre que la paternidad y la maternidad hayan sido determinadas judicialmente contra la oposición del padre y de la madre. Lo mismo sucederá respecto del hijo cuyos padres no tengan derecho a ejercer la patria potestad o cuya filiación no esté determinada legalmente nirespecto del padre ni respecto de la madre.
Art. 249. La determinación legal de la paternidad o maternidad pone fin a la guarda en que se hallare el hijo menor de edad y da al padre o la madre, según corresponda, la patria potestad sobre sus bienes.
2. Del derecho legal de goce sobre los bienes de los hijos y de su administración.
Art. 250. La patria potestad confiere el derecho legal degoce sobre todos los bienes del hijo, exceptuados los siguientes:
1._ Los bienes adquiridos por el hijo en el ejercicio de todo empleo, oficio, profesión o industria. Los bienes comprendidos en este número forman su peculio profesional o industrial;
2._ Los bienes adquiridos por el hijo a Título de donación, herencia o legado, cuando el donante o testador ha estipulado que no tenga el goce o laadministración quien ejerza la patria potestad; ha impuesto la condición de obtener la emancipación, o ha dispuesto expresamente que tenga el goce de estos bienes el hijo, y
3._ Las herencias o legados que hayan pasado al hijo por incapacidad, indignidad o desheredamiento del padre o madre que tiene la patria potestad.
En estos casos, el goce corresponderá al hijo o al otro padre, en conformidadcon los Artículos 251 y 253.
El goce sobre las minas del hijo se limitará a la mitad de los productos y el padre que ejerza la patria potestad responderá al hijo de la otra mitad.
Art. 251. El hijo se mirará como mayor de edad para la administración y goce de su peculio profesional o industrial, sin perjuicio de lo dispuesto en el Art. 254.
Art. 252. El derecho legal de goce es un derecho...
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