pedimentos logisticos
Los Notarios públicos deben asentar en las escrituras públicas en que hagan constar actas constitutivasy demás actas de asamblea de personas morales cuyos socios o accionistas deban solicitar su inscripción en el registro federal de contribuyentes, la clave correspondiente a cada socio o accionista oen su caso, verificar que dicha clave aparezca en los documentos señalados. Para ello, se cerciorarán de que dicha clave concuerde con la cédula respectiva. (Artículo 27, octavo párrafo del CFF)
Seconsidera que se cumple con la presente obligación, cuando:
I. Agreguen al apéndice del acta o de la escritura pública, copia de la cédula de identificación fiscal o de la constancia de registro fiscalemitida por el SAT;
II. Se cercioren de que la copia de la cédula de identificación fiscal o de la constancia de registro fiscal, obra en otra acta o escritura pública otorgada anteriormente ante elmismo fedatario público e indiquen esta circunstancia, y
III. Asienten en el acta o escritura pública de que se trate, la clave del RFC contenida en la cédula de identificación fiscal o en laconstancia de registro fiscal proporcionada por los socios o accionistas cuya copia obre en su poder o, tratándose de socios o accionistas residentes en el extranjero, hagan constar en el acta o escriturapública la declaración bajo protesta de decir verdad del delegado que concurra a la protocolización de la misma, que la persona moral o el asociante, residente en México presentará la relación de lossocios, accionistas o asociados, residentes en el extranjero, en la que se indique su domicilio, residencia fiscal y número de identificación fiscal, a más tardar el 31 de marzo del año siguiente.
Seconsidera que se cumple con lo dispuesto en las fracciones anteriores cuando los fedatarios públicos soliciten la clave del RFC, la cédula de identificación fiscal o la constancia de registro...
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