Pedir ayuda
ARTÍCULO10:REUNIÓN DE LA FAMILIA: Si, por cualquier circunstancia, vives en un país y tus padres en otro ,tienes derecho a entrar en el país en el que estén tus padres y reunirte con ellos, o a que tus padres sereúnan contigo.
ARTÍCULO 18:RESPONSABILIDADES DE LOS PADRES: Tu padre y tu madre son los responsables de tu educación y desarrollo, y deben actuar pensando en tu interés. Las autoridades ayudarán alos padres en estas tareas apoyándolos cuando sea necesario.
ARTÍCULO 19:PROTECCIÓN CONTRA LOS MALOS TRATOS: Las autoridades deberán protegerte de los malos tratos, los abusos y la violencia, tambiénde los que
provengan de tus padres o responsables legales.
ARTÍCULO 20:PROTECCIÓN DE LOS NIÑOS SIN FAMILIA: Tienes derecho a una protección y ayuda especiales en el caso de que no tengas padreso que estos no estén contigo. Esta ayuda tendrá en cuenta tu origen cultural o étnico.
ARTÍCULO 22:NIÑOS REFUGIADOS: Los niños, niñas y jóvenes refugiados
(que hayan sido obligados a abandonar supaís por una guerra u otra circunstancia) serán objeto de protección especial. Las autoridades deberán colaborar con las organizaciones que los ayudan y protegen.
ARTÍCULO 24:LA SALUD Y LOSSERVICIOS SANITARIOS: Tienes derecho a disfrutar del nivel más alto posible de salud (que incluye agua potable,una buena higiene y alimentación) y a recibir atención médica cuando estés enfermo. LosGobiernos deberán cooperar con los de otros países para que este derecho sea una realidad en todo el mundo.
ARTÍCULO 25:CONDICIONES DE INTERNAMIENTO: Sí estás internado o internada en unestablecimientopara protegerte o para curarte de una enfermedad física o mental, se debe revisar periódicamente tu situación para comprobar que el internamiento sea apropiado y no se prolongue más de la cuenta....
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