PEDRO
Reunidos los requisitos examinados en el número anterior, la diligencia tiene el carácter de inspección judicial, peropara que no resulte viciada de nulidad es indispensable que, además, se cumplan los siguientes:
Que no exista una prohibición legal de practicar la diligencia.
La ordenación de la prueba y lanotificación en forma legal.
La competencia del juez para la práctica de la inspección.
5. REQUISITOS PARA LA EFICACIA PROBATORIA DE LA INSPECCIÓN O EL RECONOCIMIENTO JUDICIAL.
Para que la inspecciónválida tenga eficacia probatoria respecto del hecho que se pretende demostrar o en el caso particular, es indispensable que reúna los siguientes requisitos:
La conducencia del medio respecto del hechoinspeccionado.
Que el acta sea clara y permita conocer con seguridad cuáles fueron los hechos observados por el juez y sus características.
Que el hecho no sea jurídicamente imposible, por existirpresunción de derecho o cosa juzgada en contrario.
Que no existan otras pruebas que desvirtúen las conclusiones del acta.
Que no se haya producido una rectificación o retractación del funcionario quepracticó la diligencia.
Que no se viole la reserva legal ni el secreto profesional.
Que no se haya declarado judicialmente la falsedad del acta.
La debida contradicción de la prueba.
6. LA APRECIACIÓNDEL VALOR PROBATORIO DE LA INSPECCIÓN
Se deja juez en libertad de apreciar los resultados de la inspección, conforme a las reglas de la sana critica; pero las conclusiones que con éstas se obtienen sonlas mismas, si se cumplen los requisitos examinados en los números anteriores. Es decir, debe dársele fe a la relación que el juez hace en el acta y a su capacidad de percepción y apreciación, de loshechos y cosas examinadas por él. Es por ese motivo la prueba directa por excelencia y la que mejor lleva al juez la certeza, por su percepción inmediata de los hechos. Esa confianza en el juez...
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