Penal Especial
Ahora bien con la iniciación del proceso de paz por parte del estado colombiano y este grupo insurgente, surge la gran cuestión de si el estado colombiano en su marco de justiciatransicional para este respectivo proceso, haría que los autores materiales e intelectuales de crímenes contra el dih (crímenes de guerra y de lesa humanidad) que efectuaron integrantesde este grupo subversivo se acogieran a las penas previstas en el código penal.
Según los líderes y negociadores de las FARC en la habana ellos no aceptarían las penas previstas en elcódigo frente a delitos contra el dih, por el contrario con la implementación del marco jurídico para la paz tienen planeado obtener unas penas mínimas, teniendo en cuenta la ejecuciónde miles de desplazamientos forzados, desapariciones, actos de terrorismo contra la población civil, y utilización de medios de guerra ilícitos, y demás delitos que evidentemente tienendenominación de crímenes de guerra y de lesa humanidad. El problema jurídico se desarrolla en que el estado colombiano suscribió y ratifico el estatuto de roma y adopto la jurisdicciónde la corte penal internacional, esta a su vez tiene jurisdicción respecto a los crímenes contra el dih y si primordialmente los estados dejan en la impunidad este tipo de delitos.
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