Penal
“Los tribunales, al aplicar la ley, garantizan la vigencia efectiva de la Constitución de la
República y de los tratados internacionales y sus interpretaciones por losórganos jurisdic
cionales creados por estos, cuyas normas y principios son de aplicación directa e inmedi
ata en los casos sometidos a su jurisdicción y prevalecen sobre la ley. La inobservanciade una norma de garantía judicial establecida a favor del imputado no puede ser invocada
en su perjuicio”.
El derecho procesal penal ha sido considerado como derecho constitucional reformado, sinembargo, durante mucho tiempo el proceso penal y la
Constitución estuvieron divorciados, lo que provocó innumerables violaciones a los derechos fundamentales de los imputados y un desconocimientoabsoluto de los derechos de las víctimas, basados en la práctica ritual del “ancien coded’instruction criminelle”. El juez dominicano se mantuvo siempre el a lo establecido en esta última normativa, aúnen desmedro de los derechos consagrados en la Constitución y los tratados adoptados por la nación, en franca violación a los artículos 3, 8, 10 y 46 de la Constitución.
Además de lo anterior, luegode la Segunda Guerra Mundial, con más de
50 millones de muertos y establecido un “new world order” con la creación de la
ONU en 1945, tres años después, el 10 de diciembre de 1948 se adopta laDeclaración Universal de los Derechos Humanos que junto con los pactos internacionales de los derechos civiles y políticos y de los derechos económicos sociales y culturales, constituyen el “CódigoUniversal de los Derechos Humanos”, pasando a ser asunto de interés para todos los países. En sentido similar, en el hemisferio occidental en 1948 fue creada la OEA, en 1948, fecha en que también se apruebala DADH. Posteriormente, en 1969 se aprueba la CADH, donde se prevé la existencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
En n, este principio podría considerarse como el más importante,...
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