penal
Representantes de sistemática clásica: Franz Von Liszt, Ernest Beling, Gustav Radbruch
Delito (Franz Von Liszt) Acciónantijurídica y culpable sancionada por la ley
Definición de delito de Franz Von Liszt es bitómica porque: Considera la culpabilidad y la antijuridicidad
Antijuridicidad (DEFINICIÓN Franz Von Liszt) Losocialmente dañoso
Antijuridicidad (CONCEPTO Franz Von Liszt) Es lo socialmente dañoso, su límite lo constituye la sanción establecida por la ley (concepto material)
Acción (Concepto de positivistas):Movimiento corporal voluntario que produce un cambio en el exterior
Acción (Concepto sistemática clásica):
Culpabilidad (Definición Liszt): Nexo psicológico entre el autor y su hecho
Creador dela teoría del tipo penal: Ernest Beling
Concepto de antijuridicidad después de la introducción del tipo penal:
Antijuridicidad: Cuando habiendo trasngredido una norma positiva (condición que exigeel principio de legalidad), lesiona o pone en peligro el bien jurídico que el derecho quería proteger.
Aportación de Gustav Radbruch a la Teoría del Delito: Crea un doble concepto de acción: 1.Acción como productora de un resultado (aspecto objetivo, cuerpo del delito) 2. Acción como contenido de voluntad (aspecto subjetivo, responsabilidad)
Representantes de la sistemática neoclásica: JamesGoldsmischt, Reinhart Frank, Max Ernest Mayer, Edmund Mezger, August Hegler
Sustento doctrinario de sistemática neoclásica: Positivismo jurídico
Elementos descubiertos por Mayer y Hegler: Elementosobjetivo normativos (se contatan con un juicio de valor)- Circunstancias de lugar, tiempo u ocasión y especiales medios de realización de la acción.
Imputabilidad (Definición sistemática neoclásica)Capacidad de entender y capacidad de querer realizar la conducta delictiva
Dolo (Causalismo) Intención de llevar a cabo la conducta delictiva 1. DOLO cognoscitivo Intención de cometer el delito,...
Regístrate para leer el documento completo.