Penal
1.1 Delitos contra el estado el estado civil de las personas: Artículo 212.- A quien con el fin de alterar el estado civil, suprima, altere o usurpe el estado civil de otro, registre un nacimiento inexistente o substituya a un niño por otro, se le impondrán de seis meses a seis años de prisión y de cincuenta a cuatrocientos días multa.
Agravantes: NO
Atenuantes:NO
1.1 Los matrimonios ilegales: Artículo 213.- Al que contraiga o autorice matrimonio con conocimiento de la existencia de un impedimento, o sin que hayan transcurrido los términos suspensivos que para contraerlo señala la ley civil, se le impondrán de seis meses a dos años de prisión y de treinta a doscientos cincuenta días multa.
Agravantes: NO
Atenuantes: NO
1.2 La bigamia:Artículo 214.- Al que estando unido en matrimonio no disuelto ni declarado nulo, contraiga otro matrimonio, con las formalidades legales, se le impondrán de uno a cuatro años de prisión y de cincuenta a cuatrocientos días multa.
Igual pena se impondrá al otro contrayente si obrare con conocimiento del vínculo anterior.
Agravantes: Artículo 215.- A los testigos y a las personas que intervenganen la celebración del nuevo matrimonio, a sabiendas de la vigencia legal del anterior, se les impondrá hasta la mitad de las penas previstas en el artículo precedente. Igual pena se impondrá a quienes ejerzan la patria potestad o la tutela que, a sabiendas de la existencia de ese impedimento, dieren su consentimiento para la celebración del nuevo matrimonio.
Atenuantes: Artículo 216.- Eltérmino para la prescripción de la bigamia, empezará a correr desde que uno de los dos matrimonios haya quedado disuelto por la muerte de uno de los cónyuges, o que el segundo haya sido declarado nulo. El término de la prescripción del matrimonio ilegal empieza a correr desde la disolución del matrimonio o por la muerte de uno de los cónyuges.
1.4 El abandono de familiares: Artículo 217.- Comete eldelito de incumplimiento de obligaciones, quien incurra en las siguientes conductas:
I. El que estando obligado por la ley, sin motivo justificado abandone a sus descendientes, ascendientes, cónyuge, concubina, concubinario o acreedor alimentario, sin recursos para atender sus necesidades de subsistencia, aun cuando éstos, con motivo del abandono, se vean obligados a allegarse por cualquier mediode recursos para satisfacer sus requerimientos indispensables, independientemente de que se inicie o no la instancia civil. El delito se sancionará con prisión de dos a cinco años y de treinta a quinientos días multa;
II. El que intencionalmente se coloque en estado de insolvencia, con el objeto de eludir el cumplimiento de las obligaciones alimentarias que la ley determina, se le impondrán de dosa siete años de prisión y de treinta a trescientos días multa. El órgano jurisdiccional determinará la aplicación del producto del trabajo que realice el inculpado, para satisfacer las obligaciones alimentarias a su cargo; y
III. El padre, madre, tutor o quien tenga legalmente la custodia de un menor de edad, que por incurrir en negligencia u omisión en más de una ocasión en las obligaciones quele impone la ley, ponga en riesgo la salud mental o física del menor, se le impondrán de dos a siete años de prisión y de treinta a trescientos días multa.
Agravantes: El Ministerio Público solicitará al Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia, información sobre antecedentes a que se refiere este artículo, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
Alinculpado de este delito, además de las sanciones señaladas, se le impondrá la pérdida de los derechos inherentes a la patria potestad del menor o incapaz agraviado, por resolución judicial.
El inculpado de este delito, durante la investigación del mismo y al rendir su declaración, será apercibido por el Ministerio Público para que se abstenga de realizar cualquier conducta que pudiere causar daño a...
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