Penal
Definiciones:
De acuerdo al diccionario jurídico Ilustrado, “las medidas de protección son acciones impuestas para cesar una violación o amenaza existente, restituir los derechos violados y asegurar el respeto a los mismos”.
Según Ley Especial para la Protección de Víctimas y Testigos de la República del Salvador, las Medidas de Protección son “las acciones omecanismos tendientes a salvaguardar la vida, la integridad personal, la libertad, el patrimonio y demás derechos de la persona protegida”.
En conclusión, las medidas de protección son disposiciones adoptadas con la finalidad de garantizar el cabal cumplimiento de los derechos de las personas que se encuentren en condiciones de amenaza, vulneración y/o violación flagrante de los mismos, ya seafísicamente o moralmente.
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Sujetos de las medidas de protección:
Las medidas de protección están dirigidas para las víctimas, testigos u otras personas que se encuentren en riesgo o peligro por su intervención directa o indirecta con la investigación de un delito, en un proceso judicial o por su relación familiar, con la persona que interviene en éstos.
Principios de las Medidas de Protección:Existen varios principios jurídicos que caracterizan a las medidas de protección, y cuyo cumplimento aseguran la efectividad de las mismas.
A continuación, los tres principios característicos:
1.
Principio de Protección: se refiere a que la medida de protección deberá principalmente asegurar la protección de la vida, integridad física y moral, libertad, propiedad y seguridad de las personas.Principio de Proporcionalidad y Necesidad: Las medidas de protección deberán responder al nivel de riesgo o peligro en que se encuentre la persona destinataria de las mismas, y sólo podrán ser aplicadas en cuanto fueren necesarias para garantizar su seguridad.
Principio de Temporalidad: Las medidas de protección subsistirán mientras existan los factores que la motivaron.
1.2.2Prognosis
Las medidas cautelares de carácter personal constituyen el medio legal a través del cual se puede garantizar el normal cumplimiento del principio de inmediación por parte del procesado.
La finalidad que persigue una medida cautelar personal al restringir al sujeto activo del delito en su derecho a la libertad -consagrado constitucionalmente-, es
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única y exclusivamente la degarantizar la comparecencia del imputado/procesado al proceso penal que se sigue en su contra, en cada una de las diferentes etapas del mismo. Para ello, la esencia misma de la medida cautelar personal, debe llevar implícitamente esta finalidad, y el tenor de la disposición legal que la contempla debe señalar el cumplimiento de ello.
Sin embargo, en el Ecuador, los señores Asambleístas a cargo de lacreación del Código Orgánico de la Función Judicial, por cuyo intermedio se reformó a la normativa adjetiva penal, involucraron la finalidad y esencia de las medidas cautelares personales, con el sentido de las medidas de protección (a víctimas y testigos), lo cual se verifica con las disposiciones contempladas en los numerales 1, 2 y 5 del Art. 160 del Código de Procedimiento Penal, mismas quetutelan el bienestar físico, moral y psicológico de las personas que puedan ser afectadas por la injerencia del agresor, pero no se constituyen en medidas cautelares eficaces en pro de la inmediación procesal.
Por este motivo considero que las medidas cautelares personales antes señaladas deben ser derogadas del Art. 160 del CPP, pues si no se realiza esta reforma, el propio sistema penal será elculpable de brindarle al imputado/procesado la oportunidad para que éste sea prófugo de la justicia, ya que por haber desnaturalizado la finalidad de las medidas cautelares de carácter personal se producirá la falta de inmediación del procesado al proceso y por ende la imposibilidad de continuar con el desarrollo del mismo, dejando ileso al procesado y aumentando la cifra de impunidad de la...
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