Penas Y Multas Por El Trasporte Y Posesi N De Sustancias Consideradas Como Peligrosas
Penas y multas por el trasporte y posesión de sustancias consideradas como peligrosas.
Código Penal Federal
Titulo Vigésimo Quinto
Delitos Contra el Ambiente y la Gestión Ambiental
CapituloPrimero
De las actividades tecnológicas y peligrosas
Artículo 414.- Se impondrá pena de uno a nueve años de prisión y de trescientos a tres mil días multa al que ilícitamente, o sin aplicar las medidas deprevención o seguridad, realice actividades de producción,almacenamiento, tráfico, importación o exportación, transporte, abandono, desecho, descarga, o realice cualquier otra actividadcon sustancias consideradas peligrosas por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables, radioactivas u otras análogas, lo ordene o autorice, que cause un daño a los recursosnaturales, a la flora, a la fauna, a los ecosistemas, a la calidad del agua, al suelo, al subsuelo o al ambiente.
La misma pena se aplicará a quien ilícitamente realice las conductas con las sustanciasenunciadas en el párrafo anterior, o con sustancias agotadoras de la capa de ozono y cause un riesgo de daño a los recursos naturales, a la flora, a la fauna, a los ecosistemas, a la calidad del agua o alambiente.
En el caso de que las actividades a que se refieren los párrafos anteriores, se lleven a cabo en un área natural protegida, la pena de prisión se incrementará hasta en tres años y la penaeconómica hasta en mil días multa, a excepción de las actividades realizadas con sustancias agotadoras de la capa de ozono.
Cuando las conductas a las que se hace referencia en los párrafos primeroy segundo de este artículo, se lleven a cabo en zonas urbanas con aceites gastados o sustancias agotadoras de la capa de ozono en cantidades que no excedan 200 litros, o con residuos consideradospeligrosos por sus características biológico-infecciosas, se aplicará hasta la mitad de la pena prevista en este artículo, salvo que se trate de conductas repetidas con cantidades menores a las...
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