penitenciarismo en venezuela
Elio Gómez Grillo*
La Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela, vigente desde el 30 de diciembre
de 1999, es la primera Carta Magna en lahistoria
constitucional del país, que establece las bases
de una verdadera política penitenciaria
solidaridad social
E
n el artículo 272 se establece:
1. La garantía de “un sistemapenitenciario
que asegure la rehabilitación del interno o interna y el respeto a sus derechos humanos”. Ello
está consagrado por las Naciones Unidas en sus
“Reglas Mínimas para el Tratamiento de losReclusos” y en convenios internacionales.
2. La exigencia de que los establecimientos
penitenciarios cuenten “con espacios para el trabajo, el estudio, el deporte y la recreación”, indispensables para larehabilitación del recluso.
3. Deben ser penitenciaristas profesionales
con credenciales académicas universitarias los
directivos de los penales. En el país funciona el
Instituto UniversitarioNacional de Estudios Penitenciarios (Iunep) para formar esos penitenciaristas.
4. Se dispone la descentralización de la administración penitenciaria, la cual debe quedar a
cargo de los gobiernos estadaleso municipales.
Ello se justifica porque el poder central ha fracasado históricamente en la conducción de nuestros
penales. Además, se generaría una sana emulación
regional en beneficio delpenitenciarismo nacional. Es la experiencia vivida en otros países.
5. Se ofrece la posibilidad de “modalidades
de privatización”. O sea que está prevista la intervención privada en ofertas de trabajo, dealimentación, de estudio, de cultura, deportes, recreación, etc.
En cuanto a las modalidades penológicas, se
indica la preferencia por el régimen abierto y la
creación de colonias agrícolaspenitenciarias.
EI régimen abierto se caracteriza por la ausencia o limitación de dispositivos materiales
para evitar la evasión y por un sistema de autodisciplina. Los establecimientos abiertos en...
Regístrate para leer el documento completo.