Pensiones
PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE PENSION EN COLOMBIA
PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE PENSION EN COLOMBIA
Resumen preparado por el docente: José Carlos Molina B, Abogado especializado en derecho Laboral Y relaciones Industriales, en la Universidad Externado de Colombia
1. ¿UNA PERSONA PUEDE ESTAR AFILIADA A PENSIONES OBLIGATORIAS EN LOS DOS REGÍMENES AL MISMO TIEMPO?
NO.La afiliación al Régimen de Prima Media con Prestación Definida (ISS) impide la afiliación al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (AFPs) o viceversa, aunque el trabajador tenga contrato de trabajo con dos o más patronos.
2. ¿EN CASO DE TENER VARIOS EMPLEADORES CÓMO SON LAS COTIZACIONES?
Las cotizaciones se deben efectuar en proporción al salario devengado en cada uno de los contratosde trabajo, sin exceder 25 salarios mínimos legales vigentes.
3. ¿EN CASO DE PERCIBIR INGRESOS CON OCASIÓN A UN CONTRATO DE TRABAJO Y SIMULTÁNEAMENTE COMO TRABAJADOR INDEPENDIENTE CÓMO SON LAS COTIZACIONES?
Las cotizaciones se deben efectuar en proporción al salario devengado y a los ingresos efectivamente percibidos con ocasión a la actividad independiente. Deberá informarse en un documentoadicional al de afiliación, bajo juramento, el ingreso que efectivamente perciba, manifestando la fuente de sus recursos.
Para que estos ingresos se acumulen para la liquidación de la pensión, sobre los mismos deben realizarse los aportes al Sistema General de Salud, de ser diferente la cotización, los aportes que excedan los realizados al sistema General de Salud, no se tendrán en cuenta para laliquidación de la pensión y le serán devueltos al afiliado con la fórmula que se utiliza para el cálculo de la indemnización sustitutiva.
4. ¿CÓMO SE CALCULA EL VALOR DEL APORTE A PENSIONES?
Año 2003
13.5% del ingreso base de cotización
Año 2.004
14.5% del ingreso base de cotización.
Año 2.005
15% del ingreso base de cotización
Año 2.006
15.5% del ingreso base de cotización.
· Si elTrabajador es Dependiente el empleador pagará el 75% del aporte y el empleado el 25%.
· Si el Trabajador es Independiente deberá pagar la totalidad del aporte.
· Si el Trabajador recibe salario integral la cotización se calcula sobre el 70% del salario.
Los afiliados que tengan un salario base de cotización igual o superior a cuatro salarios mínimos mensuales legales vigentes, tendrán a sucargo un aporte adicional de un punto porcentual (1%), destinado al Fondo de Solidaridad Pensional. (0.5% destinado a la Subcuenta de Solidaridad y 0.5% destinado a la Subcuenta de subsistencia).
Los afiliados que tengan ingresos iguales o superiores a 16 salarios mínimos mensuales legales vigentes, tendrán un aporte adicional de un 0.2%, de 17 a 18 s.m.l.m.v de un 0.4% de 18 a 19 s.m.l.m.v, de un0.6%, de 19 a 20 s.m.l.m.v, y superiores a 20 s.m.l.m.v, de un 0.8% y superiores a 20 s.m.l.m.v de 1% destinado exclusivamente a la Subcuenta de Subsistencia, del Fondo de Solidaridad Pensional de que trata la presente ley.
5. ¿CON EL APORTE DEL 13.5% EN PENSIONES, A QUÉ SE TIENE DERECHO?
En el Seguro Social con el aporte del 13.5% en Pensiones, está asegurando el amparo contra lascontingencias derivadas de la vejez, invalidez y muerte, mediante el reconocimiento de las Pensiones ó indemnizaciones y auxilio funerario.
6. ¿CUÁNDO CESA LA OBLIGACIÓN DE COTIZAR?
La obligación de cotizar cesa cuando el afiliado cumple los requisitos de edad y tiempo para obtener la pensión de vejez o cuando el afiliado se pensione por invalidez.
7. ¿CUÁNDO NO SE CUMPLEN LOS REQUISITOS DE EDAD Y/OTIEMPO PARA ACCEDER A UNA PENSIÓN, A QUÉ TIENE DERECHO EL AFILIADO?
Cuando no se cumplen con los requisitos para acceder a pensión de invalidez, vejez (cumplimiento de la edad) o sobrevivientes, se tiene derecho a una Indemnización Sustitutiva que es equivalente a un salario base de liquidación promedio semanal multiplicado por el número de semanas cotizadas, al resultado así obtenido se le...
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