Peritacion

Páginas: 6 (1411 palabras) Publicado: 7 de junio de 2011
D. RAMON SELUSI MARTINAVARRO, ingeniero de Caminos cdo nº 6.043, actuando en calidad de técnico competente contratado por la mercantil SEORMAR 2.003 S.L. para la redacción de los programas de actuaciones integradas (PAI’s) que desarrollan los sectores 6-5 y 3-4 del SUNPOR 5 de la Playa de Almazora; redactor de los correspondientes planes parciales, de los proyectos de urbanización y asimismo delos proyectos de reparcelación derivados,

A solicitud de dicha mercantil SEORMAR 2.003 S.L. adquirente de la parcela nº 674 del poligono 13, paraje de la Murgonada del término municipal de Almazora, que figura en el expediente de notificación de liquidación provisional del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados con la siguiente identificación del documento de laOficina Liquidadora de Villarreal:

|RUE |TP/EH1257/2005/16402 |
|Nº LIQ MECANIZADO |010/1/005215495 |
|Nº LIQ GESTION |12/2008/LTD/10419/2|
|FECHA DE DEVENGO |11/10/05 |

en adelante, sujeto pasivo y a la vista de la liquidación provisional efectuada por la Conselleria d’Economia, Hisenda i Ocupació, solicita del tecnico que suscribe la redacción del presente INFORME DE VALORACION DE LA CITADA FINCA,amparándose en hechos y actuaciones REALES sucedidos que pueden aportar veracidad a las actuaciones realizadas.

1:- en primer lugar, manifestar que el Agente Urbanizador, la sociedad SEORMAR 2.003 S.L. se presentó como aspirante a los programas referidos, sin ser propietario previo de un solo metro cuadrado de suelo urbanizable.

|| |proposicion |Adjudicación |
|PAI con unidad de ejecución 05-UE-RA6 |Sector 6 |Diciembre 2002 |Julio 2004 |
|PAI con unidad de ejecución 05-UE-RA5 |Sector 5 |Junio 2003 |Julio 2005 |
|PAI con unidad de ejecución 05-UE-RA3 y 4|Sectores 3 y 4 |Diciembre 2003 |Julio 2005 |

2.- Los propietarios de fincas incluidas dentro de cada uno de los perímetros de los sectores correspondientes, tanto particulares, como la Comunidad de Regantes de Almazora, eran los únicos que aportaban fincas, sufragaban costes de urbanización y obtenian juntamente con el Ayuntamiento de Almazora fincas de resultado (parcelas) enla reparcelación, tras haber realizado las cesiones obligatorias en vigor con arreglo a la RAU (en vigor cuando se realizó la tramitación).

3.- iniciados los expedientes de reparcelación, evidentemente, ciertas fincas limítrofes con el perímetro de cada actuación, por sus circunstancias físicas resultaban afectadas por dos categorías distintas de suelo:

a) urbanizable-urbano
b)urbanizable- no urbanizable

Las primeras no vienen al caso porque la parte de suelo urbano se incorporó a otros expedientes de unidades de ejecución que tramitó el Ayuntamiento por gestión directa y aunque su participación en superficie fuese de poca entidad con relación al tamaño mínimo de la parcela resultante (200 m2 en urbano), todos sus propietarios fueron incluidos y se les adjudicó unproindiviso

En el segundo caso, fincas con parte urbanizable y parte no urbanizable, en todos los casos, fincas con aprovechamiento rústico, cuando se dio la circunstancia de que su participación en superficie resultaba escasa, con aportaciones inferiores a 100 m2, de poca entidad con relación al tamaño mínimo de la parcela resultante (400 m2 en urbanizable), con una cesión del orden del 40%,...
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