Peritaje contable

Páginas: 35 (8671 palabras) Publicado: 31 de octubre de 2010
DEPENDENCIA: NOVENA SALA REGIONAL METROPOLITANA.
OFICIO NÚMERO: 17-9-1-20106/09.
EXPEDIENTE: 11120/06-17-09-1
ASUNTO: SE NOTIFICA SENTENCIA DE 13 DE MAYO DE 2009 A LAS PARTES.

México, Distrito Federal, 28 de mayo de 2009.

CONSTRUCTORA CAPRI, S.A. DE C.V.
JUAN ANTONIO HERNANDEZ VENEGAS.
Bosque de Duraznos N° 75, Despacho 105.
Colonia Bosques de las Lomas
Delegación Miguel Hidalgo.México, D.F. 11700

POR VÍA DE NOTIFICACIÓN LE REMITO COPIA DE LA SENTENCIA PRONUNCIADA EN EL JUICIO PROMOVIDO POR USTED EN CONTRA DE VARIAS AUTORIDADES.

ATENTAMENTE
SUFRAGIO EFECTIVO, NO REELECCION

EI C. ACTUARIO

17-9-1-20107/09 Secreta rio de Hacienda y Crédito Publico CIUDAD
17-9-1-20108/09 e. Administradora Local Jurídica del Sur del D.F. del SAT CIUDAD

NOVENA SALAREGIONAL METROPOLITANA
EXPEDIENTE: 11120/06-17-09-1
ACTOR: CONSTRUCTORA CAPRI S.A DE C.V.

México, Distrito Federal, a trece de mayo de dos mil nueve-Vistos los autos del juicio de nulidad 11120/06-17-09-1 promovido por CONSTRUCTORA CAPRI S.A DE CV, Y encontrándose debidamente integrada la Novena Sala del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, con fundamento en el artículo 47 y 49de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, se procede a dictar dicha sentencia definitiva en los términos:

R E S U L T A N D O

1.- Por escrito recibido en la Oficialia de Partes Común Para las Salas Regionales Metropolitanas de este Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa el 5 de abril de 2006, compareció el C. JUAN ANTONIO HERNANDEZ VENEGAS, promoviendoen representación legal de CONSTRUCTORA SUJA S. A. DE C.V, a demandar la nulidad de la resoluci6n contenida en el oficio numero 32S-SAT-09-111-11-(GAM)-126383 de fecha 30 de diciembre de 2005, emitida por la C. Administradora Local Jurídica del Sur del Distrito Federal del Servicio de Administración Tributaria de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, mediante el cual se resolvió el recursode revocación promovido por el actor el 4 de octubre de 2004, declarándolo infundado y confirmando en consecuencia la resolución contenida en el oficio No. 324-SAT-09-III-IIc-2·56390, de fecha 27 de julio de 2004, emitida por la Administración Local de Auditoría Fiscal del Sur del Distrito Federal, a través del cual se le determine al contribuyente un crédito fiscal en cantidad total de $6,422,728.79 (SEIS

MILLONES CUATROCIENTOS VEINTIDOS MIL SETECIENTOS VEINTIOCHO PESOS 797100 M.N) por concepto de impuesto al Activo.

2.- Mediante Sentencia dictada por esta Juzgadora con fecha de 13 de mayo de 2009, se declaro la nulidad LlSA Y LLANA de la resolución impugnada.

3.- Inconforme con lo anterior determinación, la actora interpuso juicio de amparo al que correspondió el numero D.A.384/2009, del que toca conocer al Sexto Tribunal Colegiado en Materia' Administrativa del Primer Circuito, quien mediante ejecutoria de 3 de diciembre de 2009, concedió la Protección de la Justicia Federal para el efecto de que esta Juzgadora emita una, nueva Sentencia siguiendo los lineamientos dados en la ejecutoria respectiva, fallo que en este acto se cumplimenta.

4.- En el considerando elSexto, el Tribunal de Alzada, en la parte que es de nuestro interés estableció lo siguiente:

SEXTO. - En el único concepto de violación, la parte quejosa sostiene, en esencia, que la sentencia reclamada contravienen lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley Federal de Procedimiento Contenciosos Administrativo, al no haberse analizado los conceptos de impugnación que hizo valer en su demanda denulidad.

Que en la demanda de nulidad manifestó que no se encontraba debidamente notificado el oficio 324-SAT-09-III-E·-a-2-6951 de veintiséis de junio de dos mil tres por el cual el administrador local de Auditoría Fiscal del Sur ·del Distrito Federal dio Inicio a sus facultades de comprobación; que el acto impugnado transgrede el contenido del artículo 46-A respecto del plazo establecido...
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