Perito Contador
La persona responsable de la utilización de la tierra es el empresario y es el que tiene la tierra en explotación con sus requisitos deorganización,responsabilidad, profesionalidad y economicidad. El carácter de empresario se puede tener además gozando de la nuda propiedad de la tierra que constituye la titularidad directa o biencuando no es propietario yentonces su titularidad es indirecta. Por el ámbito de poder del tenedor las formas de tenencia de la tierra pueden clasificarse en: a) Tenencia directa:agricultor-empresario-propietario. b) Tenenciaindirecta: es la del que no es propietario que puede estar en uno de estos Supuestos que regula el derecho agrario:
1.Poseedor.2.Precarista.
3.Arrendatario.
4.Aparcero.
5.Usufructuario.6.Censatario o enfiteuta.
7.Concesionario.
-PROPIETARIO
El derecho de propiedad se define en el Código Civil como el derecho degozar y disponer de una cosa sin más limitaciones que las establecidasen las leyes.
Dentro de las facultades que confiere la propiedad podemos señalar:
Enajenar. En virtud de estafacultad el propietario puede transmitir su derecho a otra persona, a título onerosoo lucrativo y por tanto inter vivos o mortis causa.
Limitar o gravar. El dueño o titular de undominio puede desprenderse del ejercicio de una facultad, transfiriéndola a una tercera, limitando ogravando su derecho, todo esto implica una disminución del valor económico de la cosa y ladoctrina lo denomina enajenación parcial, es el caso de las servidumbres y de los derechos reales de garantía.Transformar y destruir. Transformar supone el poder de variar lanaturaleza de la cosa o su forma o su destino. Destruir, implica el poder de aniquilar o inutilizar la cosa.
A la facultad dedestruir se le imponen actualmente numerosas limitaciones.
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