PERITO CONTADOR
En la Constitución Política de la República de Guatemala se encuentran plasmados entre los artículosdel 3 al 46 los derechos individuales de las personas dentro del territorio nacional. Cuando hacemos referencia a los derechos individuales nos referimos a todos aquellos derechos que gozan losindividuos como particulares y que no pueden ser restringidos por los gobernantes por tanto son inalienables e imprescriptibles.
Nuestra Constitución respeta la definición de Derechos Humanos que hace laDeclaración Universal de los Derechos Humanos "todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos" y que tienen todos los derechos y libertades sin distinción alguna de raza,color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición".
También hace una amplia protección a: el derecho a la vida, a lalibertad y a la seguridad personal, el derecho a no ser sometido a esclavitud ni servidumbre, el derecho a no ser sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes; el derecho ano ser arbitrariamente detenido; el derecho a un juicio imparcial y a ser oído públicamente por un tribunal independiente e imparcial; el derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebesu culpabilidad;
el derecho a no ser objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, el derecho a circular libremente; el derecho a buscar asilo;el derecho a la propiedad; el derecho a la libertad de pensamiento y de religión; el derecho a la libertad de opinión y de expresión y hace referencia en concreto que en materia de Derechos Humanoslos tratados y convenciones firmados y ratificados por Guatemala tienen preeminencia sobre el derecho interno.
El desconocimiento que tiene la población en general con respecto a sus derechos...
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