Perro
Artículo 31
Derecho al ambiente.
Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a un ambiente sano y ecológicamenteequilibrado, así como a la preservación y disfrute del paisaje.
Artículo 32-A.
Derecho al buen trato.
Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho al buen trato. Este derecho comprende una crianzay educación no violenta, basada en el amor, el afecto, la comprensión mutua, el respeto recíproco y la solidaridad. El padre, la madre, representantes, responsables, tutores, tutoras, familiares,educadores y educadoras deberán emplear métodos no violentos en la crianza, formación, educación y corrección de los niños, niñas y adolescentes. En consecuencia, se prohíbe cualquier tipo de castigofísico o humillante. El Estado, con la activa participación de la sociedad, debe garantizar políticas, programas y medidas de protección dirigidas a la abolición de toda forma de castigo físico ohumillante de los niños, niñas y adolescentes.
Se entiende por castigo físico el uso de la fuerza, en ejercicio de las potestades de crianza o educación, con la intención de causar algún grado de dolor oincomodidad corporal con el fin de corregir, controlar o cambiar el comportamiento de los niños, niñas y adolescentes, siempre que no constituyan un hecho punible.
Se entiende por castigo humillantecualquier trato ofensivo, denigrante, desvalorizador, estigmatizante o ridiculizador, realizado en ejercicio de las potestades de crianza o educación, con el fin de corregir, controlar o cambiar elcomportamiento de los niños, niñas y adolescentes, siempre que no constituyan un hecho punible.
Artículo 63
Derecho al descanso, recreación, esparcimiento, deporte y juego.
Todos los niños, niñas yadolescentes tienen derecho al descanso, recreación, esparcimiento, deporte y juego.
Parágrafo Primero. El ejercicio de los derechos consagrados en esta disposición debe estar dirigido a garantizar...
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