persona
1 ¿Qué es persona?
Art 30. Son personas todos los entes susceptibles de adquirir derechos, o contraer obligaciones.
2 ¿Cómo pueden ser las personas de existenciaideal o jurídica?
Art 32. Todos los entes susceptibles de adquirir derechos o contraer obligaciones, que no son personas de existencia visible, son personas de existencia ideal o personas jurídicas.Art 51. Todos los entes que presentes signos característicos de humanidad, sin distinción de cualidades o accidentes, son personas de existencia visible.
3 ¿Cuándo comienza y cuando termina laexistencia de la persona de existencia ideal o jurídica?
Art 45. Comienza la existencia de las corporaciones, asociaciones, establecimientos, etc., cuando el carácter de persona jurídica, desde el díaque fuesen autorizadas por la ley o por el gobierno, con aprobación de sus estatutos, y confirmación de los prelados en la parte religiosa.
Art 48. Termina la existencia de las personas jurídicas quenecesitan autorización expresa estatal para funcionar:
1) Por su disolución en virtud de la decisión de sus miembros, aprobada por la autoridad competente.
2) Por disolución en virtud de la ley, noobstante la voluntad de sus miembros, o por haberse abusando o incurrido en transgresiones de las condiciones o cláusulas de la respectiva autorización, o por que sea imposible el cumplimiento de susestatutos, o porque su disolución fuese necesaria o conveniente a los intereses públicos.
3) Por la conclusiones de los bienes destinados a sostenerlas.
La decisión administrativa sobre retiro de lapersonería o intervención a la entidad dará lugar a los recursos previstos en el artículo 45. El juez podrá disponer la suspensión provisional de los efectos de la resolución recurrida.
4 ¿Cuándocomienza la existencia de la persona física o de existencia visible?
Art 70. Desde la concepción en el seno materno comienza la existencia de las personas; y antes de su nacimiento pueden adquirir...
Regístrate para leer el documento completo.